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Inconstitucional, someter a consulta si se juzga a expresidentes: Luis Carlos Ugalde

El director de Integralia manifestó que es inconstitucional someter a consulta si se juzga a exmandatarios de México, como lo ha expresado el presidente López Obrador en reiteradas ocasiones

Foto: Archivo / EL UNIVERSAL
25/08/2020 |19:14Redacción |
Redacción El Universal
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Luis Carlos Ugalde

, director general de Integralia, manifestó que es inconstitucional someter a consulta si se juzga a exmandatarios de México, como lo ha expresado el presidente en reiteradas ocasiones.

A través de un hilo en Twitter, Carlos Ugalde explicó que el someter a una consulta el si se debe juzgar a una persona, afecta al derecho a la presunción de inocencia y violenta el debido proceso.

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El exconsejero presidente del entonces Instituto Federal Electoral (IFE) destacó que la consulta sólo puede llevarse a cabo el primer domingo de agosto y no el día de la elección.

También detalla que el organizar una segunda elección en 2021, le costaría al Instituto Nacional Electoral (INE) millones de pesos.

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“Se tendrían que instalar decenas de miles de casillas para garantizar el derecho de todos a opinar”, escribió.

Señaló que dicha consulta no procede para todos los expresidentes, salvo Enrique Peña Nieto , ya que “cualquier delito cometido ya habría prescrito”.

Sobre la intención de López Obrador de promover una consulta popular, Carlos Ugalde expuso que el mandatario la presentará a la Cámara de Diputados,que enviará la propuesta a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para su validación.

“La Corte declarará inválida la consulta solicitada por ser inconstitucional. Entonces AMLO, además de acusar bloqueo, convocará al pueblo a organizar su propia consulta. Podrá sugerir el 21 de marzo de 2021 o el mismo día de las elecciones”, manifestó.

Ugalde refirió que si lo anterior se lleva a cabo, “el INE podría interponer una controversia constitucional por invasión de facultades y porque una consulta paralela podría generar confusión en el electorado y vulnerar principio de certeza de los comicios”.

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