La Oficina de la Presidencia de la República debe entregar copia íntegra de la iniciativa de , anunciada por el presidente Andrés Manuel López Obrador en su conferencia prensa del 15 de junio de 2022, y del documento con el cual se presentó formalmente al órgano legislativo, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales ( Inai ).

“Considero de la mayor importancia que la población conozca, de manera detallada, esta iniciativa de reforma electoral, que anunció el 15 de junio de 2022, el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, al ser información que se encuentra estrechamente relacionada con la vida democrática del país y que, en las últimas fechas, ha generado importantes movilizaciones a favor o en contra”, sostuvo el comisionado Adrián Alcalá Méndez.

Al presentar el caso ante el pleno del Inai, el comisionado planteó que esta información también permitirá a los mexicanos valorar y tener claro el impacto que tendrán las reformas a las leyes secundarias en materia electoral sobre la organización y funcionamiento del Instituto Nacional Electoral ( INE ).

La persona que solicitó la información presentó un recurso de revisión ante el Inai luego de que la Oficina de la Presidencia se declaró incompetente para conocer la iniciativa y la orientó a presentar su petición ante la Cámara de Diputados y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.

En el análisis del caso, a cargo de la ponencia del comisionado Alcalá Méndez, se determinó que la dependencia sí es competente y cuenta con tres unidades administrativas que, por sus atribuciones, pueden contar la información requerida, a saber, la Jefatura de la Oficina de la Presidencia, la Secretaría Particular del Presidente y la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería.

Asimismo, en el portal de la Oficina de la Presidencia de la República se localizó la versión estenográfica de la conferencia de prensa del 15 de junio pasado, donde el Presidente informó que se enviaría al Senado de la República o la Cámara de Diputados la iniciativa de reforma electoral.

Por tanto, se concluyó que, antes de declarar la incompetencia, la dependencia debió hacer una búsqueda exhaustiva de la iniciativa solicitada, tomando en cuenta este tipo de declaraciones del Presidente de la República.

“No es válido que se aluda incompetencias (…) por el solo hecho de que otro sujeto obligado pudiera ser competente para generar la información, máxime cuando existen elementos que evidencian que, en este caso, el titular del sujeto obligado sí conoce de la iniciativa y que ha hecho referencia a la misma de manera pública, en múltiples ocasiones”, afirmó el consejero del Inai.

Con los argumentos planteados, el pleno del Inai revocó la respuesta de la Oficina de la Presidencia y le instruyó a asumir competencia para que dé respuesta a la solicitud.

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ed

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