Se debe dar a conocer el número específico de fojas y documentos avalados por el perito Raúl Pedraza Flores de la Procuraduría General de la República (PGR), hoy FGR, durante el mes de julio de 2016, que obran en el expediente del , instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Esto, como respuesta a un recurso de revisión interpuesto por un solicitante el cual manifestó que la FGR le proporcionó la información incompleta, pues no indicó las fojas específicas donde se localizan los documentos, debido que en los expedientes publicados por la dependencia el dato está testado, es decir, se eliminó.

En su respuesta inicial la FGR remitió a un vínculo electrónico donde, dijo, se encontraba la versión pública de la información requerida, especificando que los documentos realizados y/o firmados por la persona de interés, se encontraban en algunos tomos de la versión pública.

La comisionada Norma Julieta del Rio Venegas, quien presentó el caso ante el Pleno, señaló que el INAI ha sido firme en acatar el mandamiento de resolver siempre bajo el principio de máxima publicidad los casos de violaciones graves a los derechos humanos como el caso de Ayotzinapa.

“No hay verdad que se sustente sin evidencia, cualquier caso de violación grave a derechos humanos debe de ser investigado hasta las últimas consecuencias, sancionado y reparar los daños que cauce a las víctimas, quienes no son las únicas vulneradas. Esto se trata de una vulneración a la sociedad en general, nada de esto será posible sin información pública, que provea la evidencia requerida”, refirió.

La FGR argumentó que detalló la ubicación de los documentos de julio de 2016; sin embargo, consideró procedente clasificar el pronunciamiento sobre la existencia o inexistencia de la información, al considerar que su difusión podría poner en riesgo la vida, seguridad o salud del funcionario.

En el análisis del caso, la ponencia de del Río Venegas advirtió que la información requerida está vinculada con violaciones graves a derechos humanos por parte de diversas autoridades, por lo que no resulta procedente invocar causal de clasificación alguna y debe prevalecer la máxima publicidad de la información.

De manera que por votación unánime el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta de la FGR y le instruyó entregar al solicitante el número de foja específico en el que se ubiquen los documentos firmados o realizados por Raúl Pedraza Flores en julio de 2016, en el expediente del caso Ayotzinapa.

Y en caso de que en las versiones publicadas por la FGR se encuentre testado el nombre del servidor público, deberá elaborar una nueva versión pública, en la que se deje visible dicho dato, ya que no procede su reserva.

También lee:

rdmd

Google News

TEMAS RELACIONADOS

Noticias según tus intereses