El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado () debe dar a conocer las estadísticas de riesgos de trabajo, enfermedad profesional e invalidez, de 2016 a 2022, determinó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales ().

Dicha información debe detallarse por solicitudes recibidas y solicitudes calificadas y/o dictaminadas por entidad federativa.

Entregar este tipo de información estadística contribuye a instaurar políticas públicas para el beneficio de los trabajadores, señaló la comisionada Josefina Román Vergara.

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“Este caso es representativo de cómo la información pública es útil para conocer y tomar decisiones que permitan mejorar la vida de las personas trabajadoras mexicanas; que, de acuerdo con la OCDE, es el miembro de ese organismo que más horas labora por semana. En este escenario es pertinente contar con información pública sobre las condiciones laborales y prestaciones de seguridad social de las personas al servicio del Estado”, especificó.

La persona que solicitó las estadísticas presentó un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó su inconformidad con la respuesta del ISSSTE, pues la institución señaló que no existe la obligación de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de acceso a la información; sin embargo, proporcionó el vínculo electrónico para localizar lo requerido; así como la versión digitalizada de la tabla denominada “Dictaminación de invalidez clasificada en aprobado y negado”.

En alegatos, el sujeto obligado proporcionó el vínculo electrónico del Anuario Estadístico del sujeto obligado con el fin de localizar la información requerida, precisando que, si bien al momento de la atención a la solicitud de acceso el sistema no se encontraba actualizado, derivado de la interposición del recurso de revisión se cargó de manera correcta la información que permite atender lo solicitado.

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Al analizar el caso, la ponencia de la Comisionada Josefina Román Vergara determinó que la respuesta del ISSSTE no cumplió con los principios de congruencia y exhaustividad establecidos en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, pues solo proporcionó dos tablas mediante las cuales se puede conocer la cantidad total de la dictaminación por invalidez, incapacidad parcial, incapacidad total y defunciones de 2022.

Sobre la información entregada, vía alegatos, la ponencia advirtió que no se localizó lo requerido por la persona recurrente, pues únicamente es posible conocer la cantidad total de la dictaminación por invalidez, incapacidad parcial, incapacidad total, y defunciones, y no así las estadísticas de riesgos de trabajo, enfermedad profesional e invalidez, desglosado por solicitudes recibidas y solicitudes calificadas y/o dictaminadas por estado, de 2016 a 2023.

Por lo anterior, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta del ISSSTE y le instruyó realizar una nueva búsqueda en los archivos físicos y electrónicos de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales, a efecto de localizar alguna expresión documental que permita informar las estadísticas de riesgos de trabajo, enfermedad profesional e invalidez, desglosado por solicitudes recibidas y solicitudes calificadas y/o dictaminadas por estado de 2016 a 2022.

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