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INAI analiza posibles vulneraciones tras acuerdo para considerar obras como seguridad nacional

Transparencia estudia posibles vulneraciones al principio de “máxima publicidad”. La seguridad nacional permite reservar información y clasificarla confidencial

Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL
23/11/2021 |00:53Antonio López Cruz |
Antonio López Cruz
Reportero de la sección NaciónVer perfil

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales ( ) analiza el Acuerdo, publicado este lunes en el , por el que los proyectos y obras del Gobierno de México son considerados de interés público y seguridad nacional, a fin de garantizar que el derecho de acceso a la inforamación y el principio de máxima publicidad no sean vulnerados.

El INAI reconoció que la “ seguridad nacional ” una de las causales de reserva de información, prevista en el artículo 110, fracción I, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por lo que el acuerdo publicado en el DOF permitiría a la federación reservar, de manera general, la información relacionada con los proyectos y obras que el gobierno lleva a cabo.

En el artículo primero, el documento señala expresamente que “se declara de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México asociados a infraestructura de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades energético, puertos, aeropuertos y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional”.

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En ese sentido, el INAI informó que las áreas especializadas del Instituto estudian los alcances del Acuerdo y, de ser necesario, exploran las distintas vías legales a emprender para asegurar que el derecho de acceso a la información de la sociedad sea garantizado, sin restricción alguna.

En este contexto, "el INAI, como órgano garante del derecho de acceso a la información, facultado para hacer cumplir la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, evalúa si dicho Acuerdo no se contrapone a lo establecido en dicho marco normativo".

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aosr/rcr

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