La afectación a la independencia judicial que se dio con la ampliación del mandato del presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), , también impacta negativamente en el acceso a la justicia de los ciudadanos, aseguró José de Jesús Orozco Henríquez, expresidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

En entrevista con EL UNIVERSAL, el también exmagistrado electoral señaló que resulta inaceptable la intromisión del presidente Andrés Manuel López Obrador cuando pretende estigmatizar e intimidar la actuación de los ministros y ministras, al señalarles que si no avalan la reforma al Poder Judicial estarían siendo parte de la corrupción.

Consideró que el artículo transitorio agregado de último minuto, que amplía dos años más la presidencia que actualmente detenta el ministro Zaldívar Lelo de Larrea, es un atentado a la división de Poderes.

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Comentó que esto genera que la independencia judicial quede vulnerada y, por ello, los ciudadanos ven perjudicado su derecho de acceso a una justicia impartida por tribunales verdaderamente independientes.

¿Qué opina de la forma en que se dio la ampliación del mandato de Arturo Zaldívar al frente de la SCJN?

—Sin duda considero que es violatoria tanto de la Constitución como del derecho internacional de los derechos humanos.

Considero que se pretenden usurpar las atribuciones de los ministros; también se traduce en una vulneración y atentado contra la división de Poderes y la independencia judicial, porque se trata de una ley retroactiva y que viola no sólo el derecho de los ministros a elegir y ser elegidos como presidentes de la Suprema Corte, y designar consejeros al concluir sus periodos, sino también considero que se vulnera la independencia judicial y, con ello, se afecta el derecho humano de acceso a la justicia de las personas.

¿Por qué?

—La Corte y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han sido explícitas en determinar que al vulnerarse la independencia judicial se afecta el derecho humano a la justicia. Se afecta el debido proceso al no poder una persona ser juzgada por un tribunal independiente y, con ello, se afecta su derecho de acceso a la justicia que da la posibilidad de acudir ante un juez que nos proteja ante cualquier violación.

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¿Una violación como ésta a la Constitución puede repetirse en cuestiones más graves?

—Podría constituir un precedente o una tentación para que las ramas políticas del gobierno pretendieran ampliar, en violación a la Constitución, algún otro mandato previsto por la propia Constitución.

¿Esto afecta la carrera del ministro Zaldívar?

—Sí, la reforma legal lo ha colocado en una situación difícil y yo confío en que la Suprema Corte, incluido el ministro presidente, cumplirá en su oportunidad con su misión de defender la Constitución y hacer prevalecer el Estado de derecho.

¿A pesar de las declaraciones del Presidente y de que nominó a tres de los actuales integrantes de la Corte?

—Creo que sí hay garantías para la independencia de juezas, jueces, ministras y ministros, de que actuarán con total independencia y parcialidad.

Reconozco y señalo que resulta inaceptable la intromisión del Presidente de la República cuando pretende estigmatizar e intimidar la actuación de los ministros y ministras, al señalarles que si no avalan una reforma estarían siendo parte de la corrupción.

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Esta estigmatización es indebida, injustificada y afecta al Poder Judicial, pues busca influir en cuanto a la actuación que ministras y ministros pretenden realizar en ejercicio de sus atribuciones. De ahí que también resulta, no sólo desde la perspectiva constitucional, sino también desde la perspectiva de derechos humanos, indebida e injustificada la intromisión del Presidente.

¿Existe otro modo de evitar la consolidación de esta violación a la Constitución que refiere?

—Veo cuatro maneras u oportunidades para impugnar o revisar la constitucionalidad de este transitorio: una es la acción de inconstitucionalidad, habrá que ver si efectivamente la minoría parlamentaria logra reunir 33% del Senado o de diputados para promoverla; la segunda posiblidad es abrir una consulta a trámite para salvaguardar la autonomía de la Suprema Corte y la independencia de las y los ministros en los términos del artículo 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y ya hay precedente en este tema.

Una tercera posibiidad es el amparo individual y/o colectivo promovido por las y los justiciables para proteger su derecho de acceso a la justicia. Si ninguno de estos supuestos ocurriera, también es posible que el primer día hábil de enero de 2023, los ministros, en ejercicio de la atribución que les confiere el artículo 97 constitucional, inapliquen por inconstitucional e inconvencional el artículo transitorio.

¿Este último escenario puede ser una afrenta directa con el Ejecutivo federal?

—Es ejercer las atribuciones constitucionales que le confiere la máxima norma de nuestro orden jurídico a la Suprema Corte. El que, desde mi perspectiva, ha incurrido en un indebido actuar fue, primero, el [Poder] Legislativo, al aprobar una reforma legal violatoria a la Constitución, y el [Poder] Ejecutivo, al intimidar y presionar a las y los ministros para que actúen como él considera que deben actuar.

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¿El Poder Judicial requiere ser moralizado como dice el presidente López Obrador?

—La reforma, en general, tiene muchos aspectos para analizar de fondo, pero, desde mi perspectiva, el lamentable y reprochable artículo 13 transitorio del decreto de reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación opaca u obscurece los aspectos positivos y benéficos para el fortalecimiento del Poder Judicial de la Federación.

Hay varios aspectos positivos, valiosos, que van en la senda correcta, desde mi perspectiva, pero nos estamos enfrentando a esta reforma que se dio de manera inusitada y que ha ocupado nuestra atención, pero hay otros aspectos positivos y que sin duda contribuirán al fortalecimiento del Poder Judicial.

¿Algo así pasó antes?

—En 2016 se realizó una reforma que amplió el periodo de los magistrados electorales, pero este caso, aunque fue aprobado por la Corte, no conduce a sentar un precedente porque tiene muchas diferencias. Yo coincido con los argumentos de la minoría en la Corte: José Ramón Cossío, Norma Piña, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y el actual presidente, Zaldívar Lelo de Larrea, que se pronunciaron contra la reforma.

Considero que, incluso, bajo el criterio de la mayoría hay diferencias sustanciales, pues en aquella ocasión no se violó el límite de nueve años para el periodo de los magistrados previsto en el artículo 99 constitucional; sin embargo, ahora sí se viola el límite de cuatro y cinco años previstos respectivamente para el presidente de la Corte y los consejeros, previstos en los artículos 97 y 100 constitucionales.