Más Información
Se han registrado más de 9 mil jóvenes para participar en elección judicial: Sheinbaum; "aquí no se raja nadie", dice
Ataque a DBar en Tabasco tenía como objetivo un cliente, informa Fiscalía; confirman 6 muertos y 10 heridos
Identifican a víctima de ataque armado en el antro DBar en Tabasco; era integrante de un grupo musical
Secuestran a participante de MasterChef y a un hombre en la México-Cuernavaca; detienen a uno tras rescate
Vinculan a proceso a exfuncionarios del SAT; exmandos son acusados de atentar contra el fisco por más de 170 mdp
Es histórica la sentencia que anuló las elecciones en el municipio de Iliatenco, Guerrero , cuya votación fue repuesta este domingo, porque se acreditó por primera vez causas de nulidad por violencia política contra las mujeres en razón de género, destacó la magistrada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) Mónica Aralí Soto Fregoso .
Al participar en un foro virtual organizado por el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones, la magistrada puntualizó que dicho fallo del TEPJF marca un antes y un después y un parteaguas en la visión del ejercicio del derecho de las mujeres a ser electas en todo el país.
“Hoy hemos abierto una puerta, hemos sentado un precedente en donde hemos ponderado los actos de violencia que se han dado en una elección hacia una mujer para declararla nula. ¿Por qué? Porque consideramos que una democracia, nuestra democracia, la democracia mexicana, además de que debe de ser paritaria, debe ser también una democracia con paz, que podamos vivir en paz y hacia allá hay que encaminar estos esfuerzos”, consideró.
La magistrada Soto Fregoso advirtió que a pesar de que la Constitución ya establece la paridad de género en las candidaturas a puestos de elección popular , en los hechos, todavía “hoy por hoy, las mujeres tienen que estar luchando para que esta paridad se dé y además se dé libre de violencia. Este caso de Iliatenco, Guerrero, es un caso emblemático, en donde se juzgó con perspectiva de género, y eso es algo en lo que yo quiero hacer hincapié”.
Detalló que este caso, de una comunidad enclavada en la montaña de Guerrero, fue juzgado con perspectiva de género, porque se trató de una presidenta municipal que iba por su reelección y perdió por 53 votos.
“Aquí estaba compitiendo para ser reelecta una una mujer, que además es una mujer indígena, que vive una situación, de precariedad también en temas económicos. Hay una visión de juzgar con perspectiva de género, pero también de juzgar por interseccionalidad, que es cuando advertimos que hay otras situaciones, otras condiciones que nos pueden llevar a una discriminación mayor”, explicó.
La magistrada Soto Fregoso recordó que al perder, la candidata se quejó de que hubo violencia hacia ella, “con la pinta de por lo menos 14 bardas y espectaculares en donde se escribían frases ofensivas hacia ella, denostativas no solamente hacia la candidata con su nombre, sino además frases que denostaban la capacidad de todas las mujeres para gobernar”.
Destacó que se escribieron frases como “Fuera la candidata”, “Es tiempo de hombres”, “Ninguna vieja más en el poder”, “Las mujeres no saben gobernar, fuera”, “Las viejas nos sirven”, entre otras.
Señaló que se determinó anular la elección porque primero se acreditó que había violencia política hacia una mujer y que era por el hecho de ser mujer, que este tipo de mensajes había viciado la imagen de la candidata en las casillas en donde había perdido la elección.
“Consideramos que estos mensajes impidieron que las mujeres, y en particular esta candidata, ejerciera de manera libre, compitiera con una imagen libre de violencia y de denostación. Ante su electorado. Entonces, estos mensajes la ponen en una situación de desventaja ante el electorado, además de que las personas que tenían que ir a votar tenían el camino para llegar a esas casillas rodeado de estos mensajes. Entonces también ese fue otro punto que consideramos, y que estos mensajes, así como denostaban a una mujer, también estaban creando la imagen de superioridad de los hombres para gobernar al denostar la capacidad de las mujeres”, indicó.
La magistrada Mónica Soto aseguró que está sentencia puede contribuir a abrir el camino para empezar a frenar la violencia hacia las mujeres desde la impartición de justicia, pues “tenemos que ensanchar el acceso de las mujeres a la justicia, tenemos que hacer muchas cosas para que las mujeres puedan acceder a que se les haga justicia, pero también es fundamental que esa justicia tiene que ser favorable a ellas y esto es uno de los criterios que creo nos van a nos van a conducir a este camino de ir frenando las violencias”.
Lee también:
aosr