Al señalar que la , es irreconciliable con los derechos humanos consagrados en la Constitución , el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz se manifestó a favor de inaplicar el artículo 19 constitucional , que prevé dicha figura jurídica.

Sin embargo, se apartó de las consideraciones planteadas en el proyecto de sentencia presentado por su homólogo, Luis María Aguilar Morales.

Para Gutiérrez Ortiz el problema en este asunto no versa sobre si la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuenta con facultades para declarar la inconstitucionalidad de normas constitucionales o si es posible sujetar una norma a una especie de control.

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“No tengo duda, la prisión preventiva oficiosa prevista por el artículo 19 constitucional, es irreconciliable con los derechos humanos que nuestra propia Constitución obliga a reconocer.

“Por tanto, coincido con la conclusión central del proyecto: procede a inaplicar su contenido; sin embargo me aparto de sus consideraciones. A mi parecer el problema no versa sobre si esta SCJN, cuenta con facultades para declarar la inconstitucionalidad de normas constitucionales o si es posible sujetar una norma a una especie de control, más bien nuestra función en este caso es integrar el parámetro de control constitucional”.

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