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Un juez federal consideró que el proceso de desafuero del gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca no ha concluido debido al conflicto entre las resoluciones de la Cámara de Diputados y el Congreso de la entidad.
El juez Octavo de Distrito en el estado de Tamaulipas , quien concedió una suspensión provisional al gobernador para evitar que sea detenido, reconoció que el precepto constitucional que regula el proceso de desafuero es ambiguo.
“El envío de la declaración de procedencia a la Legislaturas Locales, con la expresión genérica para que en ejercicio de sus atribuciones ‘procedan como corresponda’, genera ambigüedad por falta de precisión de cómo estima el Constituyente Permanente que pueden o deben actuar las legislaturas locales una vez que la Cámara de Diputados haya determinado procedente el retiro de la inmunidad procesal de un Gobernador.
“Luego, de la lectura íntegra de la demanda de derechos fundamentales se desprende que ante la existencia del Punto de Acuerdo Número LXIV-267, de la Legislatura Local de Tamaulipas, que en ejercicio de sus atribuciones, determinó no homologar la declaratoria de procedencia de la Legislatura Federal, en el sentido de declarar procedente el retiro de la inmunidad procesal o fuero, surge en apariencia un conflicto de normas que impiden, hasta este momento, considerar concluido el trámite del desafuero contra el Gobernador que solicita el amparo y protección de la Justicia Federal”, señaló el juez.
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Esta mañana, EL UNIVERSAL informó que la suspensión evita que el gobernador sea detenido siempre y cuando la orden de captura emitida en su contra no sea por delitos que merezcan prisión preventiva de oficio.
Por ello, el juez requirió a las autoridades judiciales del país y a la Fiscalía General de la República (FGR) que en 48 horas informen si los delitos por los que se emitió orden de aprehensión contra García Cabeza de Vaca ameritan prisión preventiva de oficio o no.
El pasado 19 de mayo se dio a conocer que un juez en el Estado de México ordenó capturar al gobernador por delincuencia organizada y lavado de dinero.
El primero de dichos delitos amerita prisión preventiva de oficio por lo que, si se determina que el gobernador ya no tiene fuero, a pesar de la suspensión concedida podrá ser detenido.
ed