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El presidente Andrés Manuel López Obrador envió este martes a la Cámara de Diputados una iniciativa de reforma a los artículos 108 y 111 de la Constitución, para ampliar el catálogo de delitos por los cuales el jefe del Ejecutivo Federal puede ser procesado, e incluir actos de corrupción, delitos electorales y delitos graves.
Se trata de exactamente de la misma propuesta que envió el 4 de diciembre de 2018 al Senado, pero que quedó en suspenso en diciembre pasado por desacuerdos entre el Senado y la Cámara de Diputados sobre la redacción de la enmienda.
Aunque es conocida popularmente como reforma que elimina el fuero presidencial , éste se mantiene en los mismos artículos 110 y 111 de la Constitución, en donde se establece que para que el mandatario puede ser sometido a un juicio, reciba eventual sentencia y sea sancionado, será necesario un juicio de procedencia (o desafuero) sustanciado por la Cámara de Diputados y sometido a votación en el Senado.
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En la exposición de motivos el presidente López Obrador insistió en que con su propuesta busca cumplir una de sus promesas de campaña pues el fuero no debería ser un impedimento para que los servidores públicos se sometan a procesos penales en condiciones de igualdad ante la ley sin distinción.
Además se agrega que el fuero constitucional protegía a los servidores públicos de alto rango, les servía como un escudo para realizar abusos en el ejercicio de sus funciones, y por lo tanto a quedar impunes ante toda actividad ilícita, lo que había llevado a un rechazo generalizado por parte de los ciudadanos.
El año pasado la reforma originalmente propuesta por el presidente quedó atorada, pues al analizar la iniciativa de reformas el 27 de marzo de 2019 el Senado incluyó a los legisladores como susceptibles de ser juzgados políticamente por los mismos delitos que el presidente, lo que en realidad favoreció a los integrantes del Congreso.
Tal como está la norma los legisladores ya son sancionables por esos delitos de corrupción, delitos electorales y delitos graves previo juicio de desafuero, y con el cambio hecho por el Senado –según los diputados- se limitó el tipo de ilícitos por los cuales pueden ser enjuiciados.
El diferendo hizo que el 29 de octubre los diputados modificaran la minuta enviada por el Senado, la dejaran tal como propuso los cambios el presidente y la devolvieran a los senadores, quienes insistieron en su redacción y el 3 de diciembre del 2019 volvieron a agregar a los integrantes del Congreso.
El 10 de diciembre de 2019 los diputados rechazaron la minuta del Senado al que hizo saber que debido a ese proceso legislativo se actualizó el artículo 72 de la Constitución que establece que cuando la Cámara revisora (en este caso la de Diputados) insiste por mayoría absoluta en realizar adiciones o reformas “todo el proyecto no volverá a presentarse sino hasta el siguiente periodo de sesiones” lo que motivó que el asunto se tenga que analizar en un nuevo periodo de sesiones.