La Fiscalía General de la República (FGR) no pudo acreditar que Héctor El Güero Palma está relacionado con el narcotráfico, por ello, el juez Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales de Jalisco ordenó su liberación inmediata y lo declaró absuelto.

Pese a que la sentencia fue notificada el pasado 1 de mayo, luego de pasar cinco años en prisión desde su llegada a México, al ser deportado desde Estados Unidos, hasta el cierre de esta edición aún permanecía en el penal federal de El Altiplano.

“Se concluye que los medios probatorios que obran en el sumario resultan insuficientes para acreditar el delito de delincuencia organizada, previsto en el artículo 2, fracción I [hipótesis delitos contra la salud] y sancionado por el numeral 4, fracción I, inciso A, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, por ello resulta innecesario entrar al estudio de la responsabilidad del acusado en la comisión de éste”, señaló el juzgador.

Palma Salazar tramitó un amparo en el que reclamó estar privado ilegalmente de su libertad.

El asunto fue admitido por el juez Noveno de Distrito de Amparo y Procesos Penales en el Estado de México, quien le concedió una suspensión provisional para que las autoridades de El Altiplano no lo tengan incomunicado ni ejerzan actos de tortura física o sicológica en su contra, mientras permanece ahí y el juzgador determina si se le están o no violando sus derechos.

En la sentencia, a la que EL UNIVERSAL tuvo acceso, el juez señaló que entre las pruebas con las que la FGR intentó acreditar que El Güero Palma cometió delincuencia organizada en la hipótesis de delitos contra la salud están las sentencias dictadas contra Eduardo Gastélum Barraza, identificado como colaborador del capo Joaquín El Chapo Guzmán y otros supuestos integrantes del Cártel de Sinaloa.

También fueron añadidas las investigaciones iniciadas por la Fiscalía de Nayarit contra Palma Salazar por el homicidio de dos policías estatales, en las que desde el 5 de septiembre de 2017 el capo obtuvo auto de libertad, y las declaraciones de dos testigos colaboradores de la FGR, mismas que nunca fueron ratificadas.

La FGR argumentó que Palma Salazar formaba parte del Cártel de Sinaloa, por lo que supuestamente cometió el delito de delincuencia organizada en su hipótesis de delitos contra la salud de manera permanente y reiterada.

Sin embargo, el juez indicó que las pruebas que presentó la FGR sólo acreditaban la existencia del cártel, pero no la vinculación “permanente o reiterada” de El Güero a la organización que fundó.

Destacó que anteriormente Palma Salazar fue absuelto en México por delitos contra la salud y que, al analizar la acusación que la FGR presentó en su contra, coincide en tiempo y forma con los hechos por los que el capo ya fue declarado inocente.

“La fiscal federal señala la pertenencia del activo al conglomerado criminal, cuando menos desde 1989 hasta 2001, año en el que detuvieron a su colaborador de nombre Jorge Iván Gastélum Ávila, alias El Cholo, persona a través de la cual supuestamente dirigía el referido cártel, y de manera indefinida atribuyen su incursión al Cártel del Pacífico o Cártel de Sinaloa, que siguió operando desde el centro de su reclusión, esto es, desde el interior del Centro Federal de Readaptación Social Número 2, en Puente Grande, Jalisco, a pesar de que fue detenido el 24 de junio de 1995.

“Sin embargo, existen pronunciamientos judiciales en sentencias firmes instruidas con el activo del delito en las que se le absolvió de la acusación ministerial de la comisión del delito de asociación delictuosa”, relató el juez.Por lo que al haber sido sometido a proceso por los mismos hechos, con diferente clasificación, no es posible fincarle responsabilidad en ese sentido.

Aun con la sentencia de liberación, el gobierno federal emprendió una búsqueda en las fiscalías del país para verificar si existe o no una orden de captura pendiente de cumplimentar.

El presidente Andrés Manuel López Obrador informó que para ello las autoridades solicitaron una prórroga de 48 horas para desahogar las búsquedas.

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