El Instituto Nacional Electoral (INE) 

d eclaró infundado esta tarde el procedimiento de remoción instaurado contra consejeros del Instituto Electoral del estado de Quintana Roo (IEQRoo), denunciados por permitir mal uso de datos del Listado Nominal de Electores (LNE) de la entidad.

El caso fue denunciado en agosto de 2016 y consistió en que personal del Instituto capturó datos de miles de ciudadanos de la entidad para realizar un estudio de participación electoral, lo que no estaba contemplado en el convenio suscrito con el INE para que el IEQRoo pudiera usar los datos del LNE, exclusivamente para la organización del proceso local de ese año.

En total 25 personas tuvieron acceso a los datos de 19 mil 825 ciudadanos, cuyos datos registrales fueron capturados -incluso claves de credencial de elector, parcialmente- y grabados en medios magnéticos, todo lo cual está prohibido, en tanto que el uso con fines estadísticos tampoco estaba permitido en el convenio entre INE e IEQRoo, pues para ello era preciso otro convenio.

Por mayoría de 8 contra 3 consejeros del INE se resolvió que la gravedad de la falta, misma que quedó confirmada, no es suficiente para proceder a la remoción de la consejera presidenta, Mayra San Román Carrillo, por lo que se optó por dar vista al Órgano de Control Interno (OIC) del IEQRoo.

En tanto, no se acreditó la falta de los consejeros Thalia Hernández Robledo, Juan Manuel Pérez Alpuche y Jorge Armando Poot Pech.

El consejero presidente del INE , Lorenzo Córdova , defendió esas conclusiones al asegurar que “no se puso en riesgo” información de los ciudadanos, por lo que pidió no magnificar el caso.

La consejera Claudia Zavala aseguró que si bien quedó acreditado que se capturaron datos, “sin embargo las condiciones no dan para ir por esa sanción extrema”, así como tampoco en el caso de Movimiento Ciudadano –vinculado en el caso de negligencia que hizo posible difusión de datos en Amazon y buscardatos.com—se aplicó la sanción máxima.

El consejero Ciro Murayama dijo que lo que hizo el IEQRoo fue un estadístico de participación para saber si votan más las mujeres que los hombres o el comportamiento de los adultos mayores, “sólo no tuvieron cuidado para establecer un convenio” con el INE.

Empero, el representante de Morena, Jaime Miguel Castañeda –partido denunciante—advirtió que el estudio que se iba a realizar ni siquiera contempló conocer ese tipo de información y en todo caso existía el marco para hacerlo, mediante convenios, pero los consejeros fueron omisos.

En el debate, los consejeros José Roberto Ruiz Saldaña, Dania Ravel Cuevas y Pamela San Martín se pronunciaron por la remoción de San Román, cuya falta quedó acreditada y reconocida tras las investigaciones de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del INE.

“Pobre INE si cada vez pierde más facultades” dijo Ruiz Saldaña en referencia a que el Instituto tiene la atribución de remover consejeros locales ante faltas graves como, dijo, fue esta.

Se comprobó negligencia de la presidenta pues no cumplió su obligación legal de que el LNE no se usara sólo para los fines establecidos y no fuera reproducida por ningún medio impreso magnético ni óptico.

“El sólo indebido cuidado amerita sanción”, máxime cuando el INE ha clasificado como dato personal confidencial la clave de elector pues contiene datos del nombre y homoclave de los electores y el IEQRoo “con negligencia de la presidenta capturó la homoclave”, aunque después la haya quitado, expuso.

La consejera Dania Ravel destacó que participaron en la captura de datos 25 personas, y “a la fecha y sin ninguna justificación” aun poseen la información en un servidor del Instituto local.

La consejera Pamela San Martín repudió que en este caso se comprobaron las irregularidades “pero no es tan grave” y no es posible que se reconozca la falta, que se actuó fuera del margen legal, se violentaron disposiciones para concluir que todo ello no es suficiente para sancionar.

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