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Horas después de que saliera en libertad del penal del Altiplano, en el Estado de México, Luis Rodríguez Bucio, el subsecretario de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), acusó al juez Rogelio León Díaz Villarreal, de haber favorecido y no vincular a proceso a Abraham Oseguera Cervantes “Don Rodo”, hermano de Nemesio Rubén Oseguera Cervantes “El Mencho”, líder del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG).
El subsecretario Rodríguez Bucio acusó en la mañanera de este martes 30 de abril en Palacio Nacional, que el juez federal se basó en el contenido de varios videos que, indicó, pudieron ser editados o manipulados.
“El juez que lo apoyó, lo favoreció es el juez Rogelio León Diaz Villarreal, juez de control adscrito al Centro Penal de Justicia del Penal Federal en el Estado de Mexicano en Almoloya”, acusó.
En la sección “Jueces que favorecen a presuntos delincuentes”, el subsecretario detalló que “Don Rodo” fue detenido en flagrancia el 21 de abril en Autlán de Navarro, Jalisco, por elementos de la Guardia Nacional y el Ejército mexicano, en coordinación con la Fiscalía General de la República (FGR) en posesión de dos armas, cartuchos, cargadores y más de 2 mil pastillas de fentanilo y dosis de cocaína.
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Frente al presidente Andrés Manuel López Obrador, Rodríguez Bucio señaló que la defensa del hermano de “El Mencho” presentó tres videos; dos de ellos, dos horas antes del inicio de la audiencia el el domingo 28 de abril y por lo que “el juez Díaz Villarreal decreta la no vinculación a proceso en favor del detenido y ordena su inmediata libertad. La Fiscalía presentará su recurso de apelación”.
El subsecretario de Seguridad acusó que los principales argumentos del juez Díaz Villarreal fue que consideró “inverosímil” que una persona de 71 años -aunque tiene 70 años— se encontrara a las 03:48 horas de la mañana, “altamente armado y con el narcótico, o sea las pastillas de fentanilo y la cocaína, ya que en una lógica si fuera una persona que vendiera estupefacientes las tendría en su casa y no en su cuerpo”.
Otro de los argumentos del juez federal, señaló el subsecretario, es que estimó que Abraham Oseguera Cervantes no estaba en condiciones de cargar un arma larga por su salud.
Indicó que el juez concluyó que existió una variación de hechos entre lo manifestado durante la detención y los videos aportados por la defensa, aunque muy posiblemente “estaban segmentados” y “editados a conveniencia”.
“Finalmente, pues acepta como válido los videos sin tomar en cuenta que el perito en informática ofrecido por la propia defensa admitió que los videos podrían estar editados o modificados al no contener el código que en todo caso revelaría si fueron o no manipulados previamente”, señaló.