El Instituto Politécnico Nacional (IPN) presentó los calendarios académicos para el ciclo escolar 2023-2024 en las modalidades escolarizada, no escolarizada y mixta, que contemplan dos periodos escolares; el registro de las evaluaciones (ordinarias, extraordinarias y a título de suficiencia), y fechas para el desarrollo de actividades administrativas de esta casa de estudios.
El secretario académico, Mauricio Igor Jasso Zaranda, informó que se contempla el inicio del periodo escolar 24/1 en la modalidad escolarizada para el próximo 28 de agosto y su conclusión el 22 de enero de 2024, mientras que el ciclo escolar 24/2 será del 13 de febrero al 8 de julio.
Detalló que para el ciclo escolar 2023-2024 se establecieron 180 días lectivos. Se incluyen nueve días de suspensión de actividades por mandato oficial o por acuerdo con las representaciones sindicales correspondientes: 16 de septiembre; 1°, 2 y 20 de noviembre de 2023; 5 de febrero, 18 de marzo; 1°, 10 y 15 de mayo de 2024.
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Jasso Zaranda señaló que los tres periodos vacacionales sumarán 40 días naturales: del 25 de diciembre de 2023 al 5 de enero de 2024; 28 de marzo al 6 de abril, así como del 29 de julio al 16 de agosto del próximo año, de acuerdo con lo establecido en los reglamentos de las Condiciones Interiores de Trabajo del Personal Académico y de las Condiciones Generales de Trabajo para el Personal No Docente del Instituto.
Respecto al calendario de la modalidad no escolarizada y mixta, el secretario académico indicó que se aprobaron tres periodos escolares polivirtuales de seis semanas cada uno que contemplan las fechas correspondientes para el registro de evaluaciones ordinarias y extraordinarias; periodos de inscripción, y actividades de gestión directiva.
El primero va del 28 de agosto al 11 de octubre; el segundo, del 17 de octubre al 5 de diciembre de 2023, y el tercero, del 11 de diciembre de 2023 al 8 de febrero de 2024.
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Para el próximo año, el primero corre del 14 de febrero al 10 de abril; el segundo, del 16 de abril al 5 de junio y el tercero, del 11 de junio al 25 de julio.
En estas modalidades, las fechas previstas por vacaciones y suspensión de labores son las mismas que están establecidas en el calendario de la modalidad escolarizada.
Jasso Zaranda sostuvo que los calendarios escolares se elaboraron con fundamento en el artículo 4, fracciones 1 y 2 de la Ley Orgánica; artículos 15 fracción 27, 16 fracción 27 y 18 fracción 11 del Reglamento Orgánico; el artículo 3 del Reglamento General de Estudios, ordenamientos todos del IPN, y que coadyuvaron la Secretaría Académica, en coordinación con las secretarías de Investigación y Posgrado, de Servicios Educativos y de Administración, y en trabajo conjunto de las direcciones de coordinación correspondientes.
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