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Las más de 50 estaciones del Instituto Nacional de Migración no son albergues, no son refugios, sino funcionan como cárceles migratorias con hacinamiento, maltrato, manejo discrecional de los casos en donde en ocasiones los extranjeros permanecen hasta 10 meses detenidos cuando la Constitución señala que no pueden ser más de 36 horas,, aseveró Alethia Fernández de la Reguera Ahedo, investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (IIJ-UNAM).
Dijo que lo ocurrido en Ciudad Juárez es una cadena de hechos: del encierro ilegal de miles de migrantes en el país, la falta de protocolos, las instalaciones no adecuadas para mantener por semanas o meses a los extranjeros y la negligencia de las autoridades frente al incendio.
En entrevista con EL UNIVERSAL, rechazó la postura del Presidente en el sentido de que lo ocurrido fue responsabilidad de las propias víctimas. “El gobierno no puede decir que fue a causa de los migrantes que comenzó el incendio. Es responsabilidad del Estado porque están bajo detención migratoria, en una instalación que es del Estado federal, él es responsable del Estado porque están en custodia del Estado federal”.
Argumentó que las 50 estaciones del INM “no son centros de alojamiento, no son albergues, no son centros donde las personas están resguardadas. En realidad, las estaciones son iguales o peores que las cárceles mexicanas, pero lo más grave y se vio con la tragedia de Juárez que no cuentan con protocolos, no son espacios óptimos para mantener encerrados por semanas o meses a los migrantes”.
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La autora del libro “Detención Migratoria: prácticas de humillación, asco y desprecio” expuso que México es el país de América latina que tenemos más centros de detención migratoria y desde hace ya más de 20 años esta política de seguridad y de militarización, la actual administración no solamente ha continuado, sino fortalecido con la Guardia Nacional en labores de detención.
Subrayó que ingresar a México sin papeles no es un delito, sino sólo es una falta administrativa. Sin embargo, la Ley de Migración contempla plazos de detención migratoria que son contrarios a lo que establece la Constitución que sólo podrán ser detenidos por 36 horas como máximo.
La investigadora de la UNAM indicó que el artículo 111 de la citada ley tiene plazos de 15 hasta 70 días hábiles de encierro y lo más grave es que en la estación migratoria de Juárez incluso había personas con el estatus de refugiados o con estatus o visas por razones humanitarias y que estaban detenidas con si hubieran cometido un delito.
Dijo que es paradójico que en la mayoría de las estaciones migratorias están resguardadas por la Guardia Nacional, el Ejército o agentes de Migración y en Ciudad Juárez nadie apoyó, ni rescató a los migrantes que fallecieron.