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Que la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa , no se aplique de manera automática sino que se estudie caso por caso y que los jueces determinen si es procedente, es lo que discutirán a grandes rasgos los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
En sesión de este martes, el ministro Luis María Aguilar Morales presentara a sus pares su nuevo proyecto con el que se intentará acotar esta figura procesal duramente criticada por organismos de derechos humanos, después de que en agosto retirara su primera propuesta al no haber consenso en el pleno.
Para Aguilar Morales, la prisión preventiva oficiosa debe entenderse como una medida no automática y su “carácter oficioso únicamente significa que se trata de una modalidad en la que el juez penal debe abrir el debate para determinar si se justifica la imposición de la prisión preventiva, sin necesidad de que el Ministerio Público hubiera solicitado la medida cautelar”.
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La presunción de inocencia, la clave
El expresidente de la SCJN considera que si se entendiera que la prisión preventiva oficiosa es automática se rompería con la presunción de inocencia y con los principios fundamentales del sistema penal acusatorio.
“Si se entendiera que la prisión preventiva oficiosa es automática se rompería con la presunción de inocencia, con el debido proceso legal, con la obligación de los jueces penales de justificar fundada y motivadamente sus resoluciones, se romperían, incluso, con los principios fundamentales del sistema penal acusatorio y con la necesidad de someter a control judicial previo este tipo de medidas”.
El expresidente de la SCJN plantea invalidar los artículos 167, párrafo séptimo, del Código Nacional de Procedimientos Penales, 5, fracción XIII, de la Ley de Seguridad Nacional, así como 2º, párrafo primero, fracciones VIII, VIII Bis y VIII Ter, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
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Y deja a los operadores jurídicos (jueces, magistrados) competentes decidir y resolver que caso amerita la medida cautelar de privación de la libertad en un procesado.