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nacion@eluniversal.com.mx
Un centenar de funcionarios del Instituto Nacional Electoral (INE) consiguió suspensiones provisionales o definitivas de amparo contra la Ley Federal de Remuneraciones, por lo que temporalmente mantendrá sus ingresos de 2018, todos superiores al que recibe el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Entre quienes han emprendido esa vía jurídica están los consejeros Claudia Zavala, Jaime Rivera y Adriana Favela, quienes se sumaron al consejero presidente, Lorenzo Córdova, Benito Nacif y más de 15 directores ejecutivos y titulares de unidades técnicas que integran la Junta General Ejecutiva (JGE) del instituto.
De acuerdo con fuentes del INE, casi todos los 130 funcionarios, que hasta 2018 percibían más de 108 mil 305 pesos mensuales —el tope salarial, puesto que es la percepción del presidente Andrés Manuel López Obrador—, solicitaron un amparo.
Un centenar ha conseguido la suspensión y otros aún esperan la decisión judicial, en tanto que muy pocos fueron los que no solicitaron protección de la justicia.
Por ello el INE pagará salarios diferenciados, según las órdenes emitidas por los jueces en cada caso.
Asimismo, hoy hay funcionarios que ganan más que el Jefe del Ejecutivo y que los consejeros electorales que decidieron no ampararse o no ganaron la suspensión.
La reducción a las percepciones en el INE comenzó el mes pasado, cuando dejó de tener vigencia la suspensión de amparo concedida para toda la plantilla del instituto hasta el 28 de febrero, cuando el INE emitió su tabulador.
Esta suspensión permitió a todos los funcionarios mantener sus ingresos de 2018.
En el caso de los consejeros electorales representó un pago mensual de 262 mil 634 pesos brutos y 178 mil 324 netos.
Un grupo de consejeros que cuenta con sus suspensiones de amparo recibirá esos mismos montos, es decir, 70 mil pesos más que el Presidente.
Sin embargo, a quienes no tramitaron amparo en marzo se les comenzó a aplicar la Ley Federal de Remuneraciones, como ordenó la Cámara de Diputados, y tuvieron un ajuste a la baja, puesto que percibieron 134 mil 520 pesos brutos y, descontados impuestos, 91 mil 473 pesos netos.
En cambio, hay integrantes de la Junta General Ejecutiva (JGE) del INE, como directores ejecutivos o titulares de unidades técnicas, que vía suspensiones de amparo ganarán lo mismo que el año pasado y, por lo tanto, más que consejeros, con 238 mil 480 pesos brutos y 162 mil 501 pesos netos, o bien, 168 mil 550 pesos brutos y 116 mil 703 pesos netos.
Defensa de la autonomía. Consultados por separado, los consejeros que acudieron al amparo afirmaron que no lo hicieron para defender sus ingresos, sino la facultad del INE, en ejercicio de su autonomía, para determinar sus percepciones, tal como lo aprobó el Consejo General a fines de 2018, cuando acordó rebajarlas 19.6%.
Esa reducción fue rechazada entonces por el consejero José Roberto Ruiz Saldaña, quien demandó un ajuste mayor en aras de la austeridad, por lo que no ha promovido amparo alguno, como tampoco la consejera Pamela San Martín, en tanto que la consejera Dania Ravel Cuevas dijo que aún analiza la decisión.
En entrevista, la consejera Claudia Zavala explicó: “Como hay una autonomía determinada desde la Constitución, lo que planteo es que lo decidido por el consejo, en el ejercicio de su autonomía e independencia, es lo que debe ser, que es la reducción que nosotros mismos nos aplicamos.
“Mi agravio está en ese sentido: el INE, en ejercicio de su autonomía, definió una reducción salarial igual que lo hizo la [Suprema] Corte y eso debe prevalecer para todo el personal del instituto”, expuso.
El consejero Jaime Rivera aseguró que ir a tribunales “no es por el monto, sino por la autonomía y los principios que deben regir la justificación de las remuneraciones.
“La determinación del sueldo de cualquier servidor público debe estar sustentada en estudios, atendiendo a principios constitucionales como el de la proporcionalidad y el nivel de responsabilidad, [pero] el monto que estableció la cámara no tiene ningún estudio”, expuso.
Explicó que acudió al juez porque la controversia constitucional que resolverá la Suprema Corte analizará de fondo sobre la validez de una norma, en tanto que el amparo es una protección individual.