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Po r detención arbitraria, tortura y violencia sexual cometidos por elementos militares en Coatzacoalcos, Veracruz , la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió una recomendación al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), Luis Cresencio Sandoval González.
A través de un comunicado, la CNDH infirió que el 9 de septiembre de 2009, la víctima se encontraba en su hogar, ubicado en el referido municipio, en compañía de su esposo, cuando escuchó ruidos y salió de su habitación. En el inmueble había alrededor de 13 elementos castrenses quienes derribaron la puerta y le solicitaron identificarse. Acto seguido, le preguntaron por “el dinero, por la droga y su jefe” y posteriormente le ataron las manos, le colocaron una venda y la subieron a una camioneta de la Sedena.
La víctima fue trasladada a una base militar donde un médico la revisó y le tomó fotografías para después subirla a otra camioneta militar, siendo custodiada por dos soldados, quienes realizaron tocamientos en su cuerpo, la amenazaron con abusar sexualmente de ella , advirtiéndole que “debía cooperar” o matarían a sus hijos. Finalmente, la víctima ingresó a un Centro de Readaptación Social del Estado de México, donde actualmente continúa privada de la libertad.
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Personal militar se “equivocó” de casa
Aun cuando la Sedena informó a la CNDH que la víctima había sido detenida en un patrullaje realizado en calles de Coatzacoalcos y que, tras ser asegurada, aceptó su participación en la comisión de diversos ilícitos y formar parte una organización criminal , personal de la Comisión Nacional entrevistó a una víctima indirecta que narró las circunstancias en las que ocurrieron los hechos, así como a un testigo que señaló que ese día el personal militar se “equivocó” de casa e ingresó a la suya, causando múltiples destrozos, con lo cual se acredita que la víctima fue detenida de manera ilegal y arbitraria.
Por otro lado, la revisión de diversos documentos -como análisis médico-psicológicos elaborados por personal de la CNDH, la declaración ministerial de la víctima y el informe de puesta a disposición- permitieron certificar las afectaciones derivadas de las agresiones físicas y psicológicas que sufrió la víctima por parte de los elementos militares que participaron en su detención.
Además, se comprobó que existió daño causado a sus hijos quienes tenían 6 y 10 años al momento de los hechos, quienes fueron privados de los cuidados maternos indispensables para su pleno desarrollo en los primeros años de vida hasta cumplir la mayoría de edad.
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La CNDH solicitó al titular de la Sedena proceder a la reparación inmediata del daño causado a las víctimas directas e indirectas de este caso, incluyendo para ello una compensación justa tomando en cuenta la gravedad de lo ocurrido. Proporcionarles rehabilitación, a través de atención médica y psicológica, además de otorgarles los medicamentos y materiales gratuitos convenientes a sus padecimientos. Y, finalmente, colaborar en el trámite y seguimiento de la carpeta de investigación iniciada por lo ocurrido; emitir una circular para exhortar al personal castrense en el estado de Veracruz a cumplir con las directrices en materia de prevención y erradicación de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; además de la violencia y la tortura sexual.
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