Por las agresiones sexuales que sufrieron menores de edad al interior de un albergue a cargo de una asociación civil, ubicada en el Estado de México, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ( CNDH ) emitió una recomendación a los gobernadores de Coahuila y Estado de México, Miguel Ángel Riquelme y Alfredo del Mazo respectivamente.
El organismo también emitió recomendaciones por el mismo caso al fiscal General de Justicia del Estado de México, José Luis Cervantes , y al procurador Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, Oliver Castañeda .
De acuerdo con la institución, el 23 de marzo de 2021 inició de oficio un expediente de queja, derivado del conocimiento que tuvo, a través de notas periodísticas, sobre las personas menores de edad que fueron objeto de agresiones de carácter sexual por parte de dos adolescentes que también residían en dicho albergue, dedicado al cuidado de víctimas de trata de personas y ubicado, en primera instancia, en la alcaldía Coyoacán en la Ciudad de México, y más tarde, en el Estado de México.
“En las notas mencionadas se afirmaba que cuando dicha asociación civil prestaba sus servicios en la alcaldía Coyoacán , vecinos del edificio donde se encontraba el albergue denunciaron que por las noches se escuchaban “chillidos y gritos de niños.
“Además de que los cuidadores de los niños solo trabajaban de día y de lunes a viernes, por lo que en las noches y los fines de semana las personas menores de edad se quedaban solas, sin cámaras de seguridad y con acceso a aparatos electrónicos como computadoras, sin que se contara con antecedentes de que alguna autoridad federal o local realizara inspecciones en dichos lugares”, señaló el organismo.
También sostuvo que la CNDH constató que tras los hechos ocurridos al interior del albergue, el 10 y 12 de marzo de 2020 se presentaron denuncias ante la Fiscalía General de Justicia del Estado de México por violación equiparada, y la carpeta 3 por violación con modificativa agravada, cuando el agredido tenga alguna discapacidad, por lo que se vinculó a proceso a dos personas adolescentes.
De la investigación de los hechos realizada por la CNDH, agregó la Comisión, se acreditó que la FGJEM y la Procuraduría para Niños, Niñas y la Familia de Coahuila ( PRONNIF - Coahuila ) omitieron realizar diversas acciones a efecto de cerciorarse de que, las personas menores de edad canalizadas desde esa entidad federativa a dicho albergue, fueran alojadas en un lugar que contara con las condiciones adecuadas para atender sus necesidades particulares y garantizarles su derecho a vivir en un estado de bienestar y sano desarrollo integral.
Asimismo, se acreditó que durante el tiempo que las víctimas permanecieron en el lugar donde se encontraban alojadas, las autoridades responsables de las citadas entidades federativas no verificaron que las condiciones de alojamiento, los servicios de asistencia y la capacidad del personal de ese lugar fueran suficientes para brindarles la atención que requerían.
La PRONNIF-Coahuila omitió realizar acciones de coordinación interinstitucional con la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes o su similar en la Ciudad de México y/o el Estado de México, para que dieran seguimiento a las medidas de restitución que habían sido dictadas a favor de las personas agraviadas. Se evidenció, además, que la Procuraduría Federal no llevó a cabo las diligencias de supervisión al lugar donde se encontraban alojadas las personas menores de edad, aun cuando conocía de su existencia y operación, previas a los sucesos, destacó el organismo.
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Ante ello, la CNDH acreditó que la Procuraduría Federal y la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México (PPNNA-Edomex) llevaron a cabo visitas de supervisión en diversos refugios dedicados a albergar a víctimas de los delitos mencionados, pero no dieron vista a las autoridades competentes respecto de las omisiones detectadas.
De igual forma, se encontró que la Procuraduría Federal y la PPNNA-Edomex omitieron verificar la idoneidad del personal que prestaba sus servicios al interior del albergue donde se encontraban las víctimas, a efecto de constatar que contaran con la capacitación adecuada para atender sus necesidades.
Dijo que personal de la FGJEM incurrió en falta de eficacia y eficiencia, al solicitar una vinculación a proceso de una de las personas menores de edad involucradas sin tener elementos suficientes para acreditar los requisitos mínimos, generando una demora injustificada en el acceso a la justicia, lo que propició la impunidad.
Además, se omitió notificar de forma inmediata a la PPNNA-Edomex respecto de la radicación de Carpetas de Investigación por los hechos cometidos en agravio de las personas menores de edad, transgrediendo su derecho a contar con la representación coadyuvante o en suplencia durante la integración de dichas indagatorias.
La CNDH documentó que personas servidoras públicas de la Procuraduría Federal, la FGJEM y la PPNNA-Edomex, al no cerciorarse de que en el albergue donde se encontraban las víctimas, les brindaran los cuidados y un mecanismo de protección que asegurara su integridad física y psicológica, omitieron garantizarles su derecho a vivir en un entorno seguro y libre de violencia.
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