Portar más de 28 gramos de marihuana sin permiso podría ameritar multa y caer en algún centro de detención como El Torito, pero no ir a la cárcel, según el dictamen de ley que hoy analiza el Senado de la República.

El dictamen de la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, que discutirán hoy las comisiones unidas de Justicia, Salud y Estudios Legislativos Segunda del Senado, establece que los mexicanos podrían llevar hasta 28 gramos de marihuana sin incurrir en un delito.

“En aquellos casos en los que una persona esté en posesión de más de 28 y hasta 200 gramos de cannabis sicoactivo, sin las autorizaciones a que se refieren esta ley y la Ley General de Salud, será remitida a la autoridad administrativa competente, de conformidad con lo que establezca la Ley de Cultura Cívica en la Ciudad de México o su homóloga en las entidades federativas”, señala el documento, al que tuvo acceso EL UNIVERSAL.

Se le impondrá al portador una multa de 60 hasta 120 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, es decir, de 7 mil 320 a 14 mil 640 pesos, siempre y cuando no se considere delincuencia organizada.

El dictamen considera que habrá cinco tipos de licencias para cultivar, transformar, vender al público, exportar e importar, e investigar con cannabis o sus productos derivados para usos distintos al medicinal, paliativo o farmacéutico de la planta.

Se crea la figura de “asociaciones de consumo”: la marihuana se podrá vender en establecimientos dedicados únicamente a su comercialización y uso, pero no podrán ofrecerla con alcohol. También habrá permisos para el consumo personal, para que una persona tenga hasta cuatro plantas en su casa y, en caso de que más de dos consumidores vivan en la misma propiedad, podrán tener un máximo de seis.

Las personas interesadas deberán obtener un permiso ante el el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, que regulará éstos y las licencias; el consumo se deberá hacer en su vivienda o en el domicilio social tratándose de integrantes de las asociaciones de consumo, no deberá efectuarse frente a niños y adolescentes, ni de quienes no hayan dado su consentimiento.

Además, se contempla que habrá puntos de venta y que las asociaciones con autorización para comercializarla podrán tener hasta tres puntos de venta por licencia, señala el dictamen al que tuvo acceso EL UNIVERSAL y que se revisará en esta jornada.

En el dictamen, queda prohibido el empleo de niños y adolescentes en cualquier actividad relacionada con el cannabis.

El presidente de la Junta de Coordinación Política, Ricardo Monreal, dijo que esta iniciativa podría pasar a discutirse al pleno la próxima semana, en sesión del Senado el miércoles o jueves.

“Tenemos que atender una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para legislar en esta materia de despenalización de la marihuana”, señala.

La Ley Federal para la Regulación del Cannabis contempla 28 ordenamientos como consumir, cosechar, distribuir, exportar e importar, portar, tener o poseer, transportar, suministrar o vender la yerba.

Lo anterior, “en aras de mejorar las condiciones de vida de las personas, prevenir y combatir las consecuencias del consumo problemático del cannabis sicoactivo y contribuir a la reducción de la incidencia delictiva vinculada con el narcotráfico, fomentando la paz, la seguridad y el bienestar individual y de las comunidades”, señala el dictamen.

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