La Comisión de Economía, Comercio y Competitividad de la Cámara de Diputados aprobó, con 24 votos a favor y 11 en contra, un dictamen que plantea reformar las leyes federales de Protección al Consumidor y de Competencia Económica para regular los mecanismos utilizados por las empresas dedicadas a la venta de boletos, las llamadas boleteras.

Sin embargo, tal como solicitaron representantes de Ocesa, Ticketmaster, Superboletos, Mis Tickets, entre otros, el 7 de junio en reunión con los diputados de la comisión, no se prohíben las preventas ni se pone un tope al cargo por servicio, situaciones que han generado cientos de quejas ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

El documento avalado y enviado a la Mesa Directiva para su votación en el pleno establece que en caso de cancelación se deberá reintegrar al consumidor el importe total cobrado, incluyendo el precio del boleto y los cargos por servicio, dentro de los 30 días naturales siguientes sin necesidad de que se haga la solicitud.

El dictamen fue elaborado a partir de seis iniciativas, pero fueron desechadas diversas propuestas, como la del diputado Jorge Álvarez Máynez (MC), quien planteó que en la Ley Federal de Competencia Económica se consideraran como práctica ilegal las cláusulas de exclusividad o preventas, que incluso son consideradas como discriminatorias por la Profeco.

El legislador también propuso establecer multas en la Ley Federal de Protección al Consumidor, que irían desde 672 hasta más de 2 millones de pesos, cuando los proveedores ofrezcan accesos que sobrepasen el número de lugares disponibles, pero no se consideró, pues no ofreció “una metodología o memoria de cálculo y fuente de información para el incremento de esta sanción”.

Tampoco se tomó en cuenta la propuesta del diputado Shamir Fernández Hernández (Morena) de que en la Ley Federal de Protección al Consumidor se considerara que los cargos o comisiones por la compra de boletos no podrían rebasar 5% del valor nominal de la entrada.

Otra propuesta ignorada fue la del diputado Juan Francisco Espinoza Eguia (PRI), quien propuso que en caso de cancelación de un evento el consumidor tendría derecho a la devolución de 100% de lo que pagó más una bonificación de 20% del costo total, así como a la indemnización por los importes pagados por concepto de transporte y hospedaje directamente relacionados con su asistencia al evento.

Lo que sí se aprobó

El dictamen avalado por la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad establece que las boleteras deberán garantizar la entrada de los consumidores que cuenten con algún medio válido para su acceso cuando éste haya sido emitido por el proveedor o el tercero autorizado para ello.

Los proveedores de espectáculos públicos no podrán ofrecer accesos que sobrepasen el número de lugares disponibles. En caso de cancelación, se deberá reintegrar al consumidor el importe completo cobrado por el servicio de entretenimiento, incluyendo el precio del boleto y los cargos, dentro de los 30 días naturales siguientes sin necesidad de que se haga una solicitud.

“Salvo en los casos que el prestador del servicio carezca de datos para la identificación del consumidor o la cuenta de éste para procesar el reembolso, en cuyo caso el consumidor tendrá un plazo de 30 días naturales para solicitarlo a partir del anuncio de la cancelación”, se especifica.

Cuando los eventos o espectáculos sean pospuestos, el consumidor podrá optar por asistir con su mismo boleto en la nueva fecha o solicitar su reembolso dentro de los 30 días naturales posteriores. El proveedor de boletos digitales deberá informar de manera precisa, en su página web, el costo total de sus servicios, cargos o comisiones y se deberán implementar protocolos de prevención y denuncia que busquen evitar el acaparamiento y la reventa no autorizada de boletos.

La reforma señala que la Profeco sancionará el acaparamiento de boletos y la reventa no autorizada para espectáculos públicos que se ofrezcan o comercialicen a través de internet o cualquier otro medio físico o digital, con una multa que irá desde los 895 hasta los 3 millones 502 mil 944.91 pesos.

Finalmente, se aprobó una reserva, con 22 votos a favor y 11 en contra, presentada por el diputado Enrique Godínez (PAN) para establecer que en caso de cancelación del evento, los involucrados, independientemente de la empresa boletera, deberán reintegrar la parte que les corresponde para regresar al consumidor el costo y los cargos del boleto.

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