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El pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformar, por 450 a favor y 22 abstenciones, la Ley de Instituciones de Crédito, para sancionar con hasta nueve años de prisión a los llamados “montadeudas”, que ofrecen préstamos a través de las redes sociales, con un modelo de cobro de interés diario, mediante la extorsión, que supera las tasas que las instituciones reguladas aplican.
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Lo anterior, deriva en cobros excesivos y con amenazas, ya que las operaciones se realizan a través de plataformas en las que se solicita a los usuarios información personal, como contactos, fotos, videos, información bancaria y laboral; “información que es usada posteriormente para extorsionar y defraudar” a quienes les deben.
Las modificaciones a la ley, enviadas al Senado de la República para sus efectos constitucionales, prohíben solicitar acceso a la información -contactos, fotografías y video- contenidos en medios digitales, como teléfonos celulares, tabletas, computadoras de los clientes a quienes otorguen algún servicio u operación financiera.
“Salvo aquellas indispensables para dar cumplimiento a las políticas de prevención, de acuerdo con la Ley Federal para la Prevención e identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, así como las Disposiciones Generales de la materia”, señala el dictamen.
También sanciona con prisión de uno a seis años las personas que por sí, a través de otra persona o por medio de nombres comerciales, se ostenten frente al público por cualquier medio de publicidad, como intermediario o entidad financiera, sin contar con la autorización de la autoridad competente; funcionar, organizarse u operar con tal carácter, o bien, usen lenguaje financiero que induzca al error.
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“Se estipula que las penas previstas aumentarán hasta en una mitad, cuando la conducta se realice a través de la utilización de aplicaciones que ofrezcan servicios financieros, operadoras de pago y plataformas que ofrezcan servicios digitales, redes sociales o servicios por internet”, plantea.
También se aprobó una reserva realizada por la diputada Sue Ellen Bernal Bolnik (PRI) para especificar que la prohibición para que las instituciones de crédito soliciten información privada, exceptuará aquellas indispensables para dar cumplimiento a las políticas de prevención, de acuerdo con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.