El pleno de la aprobó, por 432 votos a favor y 19 abstenciones, reformar el artículo 325 del Código Penal Federal para aumentar las sanciones previstas para el servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia en caso de feminicidio.

Con la modificación, por dicho delito se aplicará una pena de prisión de cuatro a 12 años, la cual actualmente es de tres a ocho años; y en el caso de la multa, ésta se mantiene, de 500 a mil 500 días multa.

También se estableció que el funcionario será destituido e inhabilitado para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta. “La inhabilitación comenzará a correr a partir de que se haya cumplido la pena de prisión”.

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El dictamen aprobado señala que el feminicidio constituye la forma más extrema de violencia de género y representa una de las manifestaciones más graves de discriminación contra las mujeres, pues culmina con la privación de la vida.

De acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública , durante 2022 se registraron 948 feminicidios a nivel nacional.

La reforma aprobada por el pleno de la Cámara de Diputados, fue remitida al Senado de la República para sus efectos constitucionales.



Con información de Antonio López
 

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