Diputadas federales de todos los partidos presentaron ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión una iniciativa que tipifica y sanciona hasta con 16 años de cárcel a quien directamente o por tercera persona agreda con ácidos a las mujeres , ello ante el aumento de los casos de este tipo en el país y la violencia extrema en los mismos.

La iniciativa de reforma al artículo 294 del Código Penal Federal expone que “esta modalidad de violencia ejercida principalmente en contra de las mujeres es llevada a cabo con la finalidad de buscar venganza por celos , rechazos sexuales o románticos, siendo estas algunas de las razones por las que actúan los perpetradores”.

De acuerdo con la organización Acid Survivors Trust International los ataques con tienen como víctimas principalmente a las mujeres, razón por la cual se trata de una manifestación específica de la violencia de género en contra de las mujeres.

A su vez, destaca que este tipo de violencia causa un daño inmediato en el cuerpo de las mujeres, causándoles desfiguramiento, dolor y rehabilitación a largo plazo. Las quemaduras no solamente causan quemaduras permanentes , sino que también causan traumas psicológicos.

La iniciativa impulsada por las diputadas federales Julieta Kristal Vences Valencia, Andrea Chávez Treviño, Itzel Josefina Balderas Hernández, Martha Nabetse Arellano Reyes, Wendy González Urrutia, entre otras, refiere que de acuerdo a la Fundación Carmen Sánchez ha sostenido que el 50 por ciento de las víctimas son jóvenes de entre 20 y 30 años de edad, de las cuales el 59 por ciento ha tenido una relación sentimental con su victimario.

Sin embargo, en la actualidad el Estado mexicano al no tipificar dicho delito no cuenta con un sistema de información para contar con un diagnóstico claro de los casos y sus características en México.

Sobre las consecuencias de este tipo de ataques, la Universidad Complutense de Madrid destaca que las quemaduras producidas con ácido no solamente causan cicatrices permanentes, sino que también afectan a algunos órganos vitales como los ojos en donde las personas llegan a perder la visión o produce una perforación del globo ocular.

La reforma al artículo 294 del Código Penal Federal, señala que se impondrá de cinco a ocho años de prisión al que por sí o por interposita persona cause lesión a cualquier persona dejando un daño físico , motriz, psicológico o económico, utilizando para ello ácidos o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable o cualquier otra sustancia que por sí misma o mezclada con otros agentes, genere lesiones internas, externas o ambas.

En los casos en que el daño sea en la cara, el cuello, el brazo, la mano, o afecte la funcionalidad de los órganos sexuales, se agravará un tercio de la pena inicial prevista en el mismo artículo.

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“Cuando esta lesión se cometa en agravio de una mujer, la pena se aumentará el doble en razón de la pena inicial prevista en este artículo”, se subtaya.

El personal de salud deberá notificar al Ministerio Público de los casos de lesiones provocadas por agentes químicos que reciban para atención médica.

El Ministerio Público otorgará el reconocimiento de la calidad de víctimas de conformidad con la Ley General de Víctimas, para que se tramiten los procedimientos de reparación integral del daño.

El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación ( CONAPRED ) ha señalado que los ataques con ácidos y otras sustancias corrosivas “son agresiones con una altísima carga simbólica. Pretenden marcar de por vida. Dejar en el rostro desfigurado y en el cuerpo de la víctima la estampa de su crimen, de sus celos, de su odio. Una huella imborrable y dramática”, se concluye.

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