La , María Clemente García Moreno, impulsa una iniciativa para despenalizar las sanciones por transmisión de enfermedades sexuales.

El proyecto de reforma plantea derogar diversas disposiciones del código penal federal, particularmente el artículo 199 bis en materia de delito de peligro de contagio, que establece:

“El que sabiendo que está enfermo de sífilis o de un mal venéreo en periodo infectante ponga en peligro de contagio la salud de otro por medio de relaciones sexuales, será sancionado con prisión hasta de tres años y multa hasta de tres mil pesos, sin perjuicio de la pena que corresponda si se causa el contagio. Cuando se trate de cónyuges, sólo podrá procederse por querella del ofendido”.

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De acuerdo, con García Moreno, dicha disposición, publicada en el el 14 de febrero de 1940, “criminaliza a las personas que viven con infecciones de transmisión sexual (ITS) y constituye un acto discriminatorio que impacta de manera particular a aquellas que viven con el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) aplicándoles el derecho penal por la sola posibilidad de exponer a otras a ser infectadas, hecho que resulta más probable al tener relaciones sexuales, “ya que en cada uno de estos actos siempre hay una mínima posibilidad de que se genere una nueva infección, sea por una falla del condón o de la eficacia de los medicamentos antiretrovirales [sic]”

Por lo anterior, la diputada propuso derogar el artículo 199 Bis del Código Penal Federal.

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