La diputada federal por Morena, Yessenia Leticia Olua González, impulsa una iniciativa para proteger los derechos laborales de las personas con discapacidad y obligar a las empresas a que al menos el 4% de su personal pertenezca a este sector.
En su exposición de motivos, la legisladora puntualizó que de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020, en México hay 6 millones 179 mil 890 personas con algún tipo de discapacidad, lo que representa 4.9% de la población total del país.
De ese total, hay cerca de un millón de personas con alguna discapacidad en posibilidades de trabajar, "pero sólo 30% de ellas se encuentra activa en el mercado laboral".
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Olua González señaló que si bien el artículo 123 de la Constitución establece que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil, "tanto sector público y privado lo evaden para no contratar a personas con capacidades diferentes".
Asimismo, recuerda que en la Ley Federal del Trabajo se estableció la obligación del Estado para garantizar el acceso al empleo de personas con discapacidad; sin embargo, los resultados no han sido los esperados.
¿Qué propone la iniciativa?
La iniciativa busca estipular en la Ley Federal del Trabajo un porcentaje mínimo del 4% en la contratación de personas con discapacidad.
Lo anterior, entendiendo por discapacidad cualquiera de las cinco variantes antes enlistadas, según la Organización Mundial de la Salud, que son discapacidad visuales, auditivas, motrices, neurológicas y cognitivas, y las relacionadas con el envejecimiento.
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Así se plantea agregar un artículo 7o Bis, para establecer que en toda empresa o establecimiento, el patrón deberá emplear un cinco 4% de trabajadores con discapacidad, con base en los siguientes parámetros:
Quienes tengan de 25 a 49 empleados, deberán contratar, al menos, a una persona con discapacidad; de 50 a 74 personas trabajadoras, dos personas con discapacidad; de 75 a 99 personas trabajadoras, tres personas con discapacidad; y en los casos con más de 100 personas trabajadoras, se deberá cumplir con el porcentaje antes referido, "cuidando siempre tener como mínimo el cuatro % de trabajadores contratados con alguna discapacidad.
Para las empresas que tengan de 81 a 90 personas trabajadoras, estarán obligadas a tener en su plantilla, cuando menos, a cuatro personas con discapacidad; de 91 a 100 personas trabajadoras, con personas con discapacidad, y en los casos con más de 100 personas trabajadoras, se deberá cumplir con el porcentaje antes referido, "cuidando siempre tener como mínimo el cinco por ciento de trabajadores contratados con alguna discapacidad".
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La reforma también señala que en todo momento se velará por la integridad laboral de las personas con discapacidad y en lo dispuesto en la Ley General de Inclusión de Personas con Discapacidad.
Quedarán exentos de estos porcentajes las empresas o establecimientos que por naturaleza en sus actividades puedan ocasionar un riesgo laboral para las personas con discapacidad, siempre y cuando den aviso por escrito o por medios electrónicos, a la Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
El proyecto será presentado en tribuna en la próxima sesión ordinaria.
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