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De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo , los trabajadores mexicanos tienen derecho varios días de descanso obligatorio al año, por lo que podrás utilizar estos días para descansar y permanecer en casa con tu familia.
¿Sabes cuáles son los días de Descanso Obligatorios? Los días feriados o festivos tienen por objeto que las y los trabajadores celebren, con entera libertad, festividades cívicas o religiosas que se conmemoran en esas fechas. #Infórmate #Blog de @PROFEDET https://t.co/dYLzAvvp6i pic.twitter.com/IihJyS9Q4y
— STPS México (@STPS_mx) June 29, 2018
¿Cuántos puentes y días festivos quedan en el 2021?
Podrás gozar de algunos días festivos y puentes durante lo que resta del 2021:
* Sábado 1 de mayo
* Jueves 16 de septiembre
* Lunes 15 de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
* Sábado 25 de diciembre
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¿Cuáles son los días de descanso obligatorio?
1. El 1 de enero
2. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
3. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
4. El 1 de mayo
5. El 16 de septiembre
6. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
7. El 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo
Federal
8. El 25 de diciembre
9. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias para efectuar la jornada electoral .
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¿Me pagan más si tengo que trabajar en días feriados?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo , los días feriados son de descanso obligatorio, por lo tanto, los empleados deben descansar, sin embargo, si la empresa en la que laboras te pide que trabajes en un día festivo , esta deberá pagarte tu salario del día, más el doble de tu salario .
Por ejemplo, si ganas $500 pesos al día y laboras en un día festivo , al final deberás recibir $1,500.
Lo anterior está establecido en el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo :
“En los casos del artículo anterior los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá la Junta de Conciliación Permanente o en su defecto la de Conciliación y Arbitraje . Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.
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¿Qué puedo hacer si mi patrón no me paga extra por trabajar en día festivo?
Si en tu lugar de trabajo no te pagan lo que indica la Ley Federal del Trabajo , puedes acudir a las instancias correspondientes. Puedes llamar a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo , al 800 717 2942.
gm