El Primer Tribunal Colegiado de Apelación dejó sin efecto la condena de 45 años de cárcel dictada en 1994 contra Mario Aburto Martínez, asesino confeso del candidato presidencial del PRI, Luis Donaldo Colosio Murrieta, y en un máximo de 15 días hábiles deberá dictar una nueva conforme a lo que establecía el Código Penal de Baja California en ese época.
Al momento del magnicidio, registrado el 23 de marzo de 1994, el delito de homicidio doloso se castigaba en dicha entidad con una pena de 15 a 30 años de prisión, por lo que la nueva sentencia contra Aburto Martínez no deberá exceder los 30 años, y el próximo se daría por cumplida y saldría en libertad.
En acatamiento al amparo que el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal otorgó al michoacano la semana pasada, el secretario del Tribunal de Apelación informó que el lunes canceló formalmente la sentencia dictada el 22 de diciembre de 1994, emitida en el toca penal 276/1994, por el entonces Tribunal Unitario Especializado en Materia Penal, con sede en Almoloya de Juárez, contra Aburto Martínez por su responsabilidad en el asesinato de Colosio Murrieta, en Lomas Taurinas, Tijuana.
“Que en vía de cumplimiento al fallo protector se dejó insubsistente la resolución de veintidós de diciembre de 1994, emitida en el toca penal 276/1994, del índice del entonces Tribunal Unitario Especializado en Materia Penal, con sede en Almoloya de Juárez, en la entidad, respecto del quejoso Mario Aburto Martínez”, reportó al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal, con residencia en Toluca, Estado de México.
Según el acuerdo publicado en listas del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el secretario del Tribunal de Apelación solicitó una prórroga de 90 días para dar cumplimiento al amparo del Primer Tribunal Colegiado, que le fue negada.
Los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal sólo concedieron al Tribunal de Apelación un plazo de 10 días adicionales a los cinco que se habían establecido para dar cumplimiento al fallo protector otorgado a Mario Aburto Martínez, actualmente preso en el Centro Federal de Readaptación Social número 12, en Ocampo, Guanajuato.
“Tomando en consideración las razones que se detallan en la misiva que se atiende, a fin de que se amplíe el término para su cumplimiento y al advertirse que en la sentencia de amparo se concedieron cinco días hábiles para tal efecto, se otorga la prórroga de 10 hábiles, contados a partir del siguiente al en que (sic) concluya el plazo concedido en primer término, para que envíe copias certificadas de la totalidad de las actuaciones que acrediten el cumplimiento dado a la sentencia amparante”, agregó el acuerdo.
El Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), que está a cargo de la defensa de Mario Aburto Martínez, aseguró el sábado que el fallo al michoacano no implica una absolución, sino el cumplimiento de la pena ajustada al Código Penal de Baja California, como lo determinaron los magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal.
Por ello, espera que en los próximos días el Tribunal de Apelación emita la nueva sentencia que deje finalmente libre a Aburto Martínez y considere compurgada la sentencia con base en el Código Penal de Baja California.
En este marco, la Defensoría Pública, encabezada por la magistrada Taissia Cruz Parcero, señaló que continúa abierta una investigación penal por presunta tortura cometida en agravio de Mario Aburto, que mediante otro juicio de amparo presentado por sus abogados se estableció que debía ser conducida por la Fiscalía Especial en Investigación del Delito de Tortura de la FGR, y que todavía, señaló, debe integrarse para establecer las responsabilidades conducentes.