A partir de las 00:00 horas de este miércoles 21 de agosto, jueces, magistrados y trabajadores consolidaron un paro nacional indefinido de labores en contra de la reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF), impulsada por el Presidente Andrés Manuel López Obrador.
Abogados consultados por EL UNIVERSAL señalan que la suspensión de actividades causará severos retrasos en múltiples procesos judiciales y afectaciones a la economía nacional si se sostiene la medida, aunque advierten que esta forma de protesta es una última opción de presión ante las dificultades para establecer un diálogo efectivo sobre los cambios en la legislación.
¿Qué implica el paro en el Poder Judicial?
El pasado 19 de agosto, tras una votación virtual y ante notario público, la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial (Jufed) declaró la suspensión de actividades ante lo que considera una afrenta a la división de poderes en el país y la independencia judicial.
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El paro implica la suspensión de labores en órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación, los cuales están integrados por plenos regionales; tribunales colegiados de circuito, juzgados de distrito, tribunales laborales federales, centros de justicia penal federal y el Centro Nacional de Justicia Especializado en Técnicas de Investigación, Arraigo e Intervención de Comunicaciones.
Están en vilo casos civiles y mercantiles
“Los más afectados (con el paro) vamos a ser los ciudadanos, porque la impartición de justicia se va a retrasar de manera significativa”, señala Alberto López, abogado litigante, en entrevista para EL UNIVERSAL. Según López, los procesos mercantiles y civiles que estén en trámite se detienen completamente en los órganos jurisdiccionales del PJF que se encuentran en paro.
Además, Gerardo Carrasco, abogado especialista en litigio estratégico, administrativo y constitucional en el sector privado, señala que uno de los efectos de la suspensión de labores es la postergación para imponer recursos de impugnación (como amparos) en algunos procesos, sobre todo en materia mercantil.
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“(Por ejemplo, en el caso de empresas) sus recursos van a tener que esperar y puede llegar a generar un daño a su patrimonio (...) Y si se reanudan labores después de, digamos, un mes, tres meses, pues probablemente esos daños ya no se puedan reparar”, explica en entrevista.
Con el atasco en este tipo de procedimientos pueden ocasionarse afectaciones a los negocios en el país, según los abogados consultados. “Sí puede llegar a afectar el tema de la economía porque los inversionistas no van a tener certeza alguna”, sostiene Alberto López.
“Por ejemplo, en el caso de que un crédito deje de pagarse, si se va a reclamar el pago, no habrá un juzgado que determine si esa reclamación del crédito se realizó de manera válida”, indica el abogado, quien además advierte de una mayor incertidumbre financiera si se aprueba la reforma judicial.
López ejemplifica con el caso de la financiera multinacional Morgan Stanley, que el pasado 20 de agosto rebajó la recomendación para la inversión en renta variable dentro del mercado mexicano ante la incertidumbre sobre la impartición de justicia en materia mercantil.
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El abogado Gerardo Carrasco mantiene la expectativa de que la suspensión de labores no se alargue demasiado para evitar más efectos negativos en la economía. “Esperamos también como representantes de intereses de nuestros clientes, que estos paros de labores no serán eternos, porque un país sin justicia es un país con inestabilidad e incertidumbre, y con incertidumbre no hay negocios, no circula la economía y no hay empleos” asevera.
Podría haber cuello de botella en casos urgentes
Aunque la protesta de las personas que integran el PJF contempla la suspensión de operaciones, el pleno del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) emitió la circular 16/2024 a los órganos jurisdiccionales del país para dictarles los casos urgentes que deben atender a pesar de la protesta.
“Los asuntos urgentes son normalmente los relacionados con personas físicas. Es decir, cuando hay actos de autoridades que impliquen peligro de perder la vida, la libertad, el derecho a la salud…”, explica Carrasco.
No obstante, “por ahí hay un ‘cajón de sastre’ en donde se dice que cada juez que esté de guardia (durante el paro) podrá decidir si las circunstancias específicas del caso son lo suficientemente atendibles para ser consideradas como graves o urgentes”, precisa el abogado.
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Esto, según el especialista, significa que la decisión respecto a si un asunto es urgente o no quedará a discrecionalidad de los jueces o magistrados que estén de guardia en los órganos jurisdiccionales. “Probablemente, no van a ser muchos los asuntos que superen este filtro. Imaginemos, si en la Ciudad de México tenemos 17 juzgados en materia administrativa y de guardia, sólo vamos a tener uno o dos (juzgadores), pues no se pueden dar abasto”, explica Carrasco.
Sin embargo, el panorama cambia según la materia en cuestión de los procesos judiciales. “En la circular prácticamente son urgentes muchos temas relacionados con la materia penal, por ejemplo, habla de que en los casos que se ventilan ante los centros de justicia penal federal son urgentes las determinaciones de la clasificación y calificación de detenciones, porque obviamente el crimen no frena”, explica en entrevista Erik Rubí, abogado penalista, especialista en el sistema penal acusatorio.
El CJF indicó en la circular que en los Juzgados de Distrito se considerarán de tramitación urgente las diligencias para recibir declaraciones preparatorias, actuaciones en el periodo de pre-instrucción y decisiones en materia de ejecución de sanciones que impliquen peligro a la vida o integridad de las personas, órdenes de arresto, todos los relacionados con afectaciones al derecho a la salud, relacionados con personas migrantes y aquellos que puedan poner en riesgo el suministro de servicios básicos.
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“Entonces cuando ponen a disposición alguna persona, pues tiene que existir un juez trabajando para que determine, por ejemplo, si la detención fue legal o no, su situación jurídica (si se le vincula a proceso o no) y qué medida cautelar se le tiene que imponer”, detalla Rubí.
En este sentido, el margen de acción de abogados penalistas no está tan acotado por el paro como el de otras materias. “Muchos de nuestros asuntos se ven en la etapa inicial de la investigación ante fiscalías y no se homologan a lo que decide el Consejo de la Judicatura en este caso, por lo que siguen trabajando, pero, ya para judicializar las carpetas y pasarlo a una investigación formalizada ante los distintos jueces, pues ahí ya se va a detener porque el tribunal estaría en suspensión de labores y no necesariamente todos los asuntos llegan a los supuestos de casos urgentes”, explica el abogado.
No obstante, existen casos que cabrían en la definición de urgentes, donde los jueces están obligados a resolver en pocos días. “Tratándose de jueces de control, del Centro de Justicia Penal, ellos tienen un periodo de término constitucional para resolver la situación jurídica de los detenidos limitado a 72 horas o su duplicidad”, puntualiza Rubí.
Además, de acuerdo con la circular, debe darse continuidad a los recursos de revisión que entraron a trámite previo a la suspensión de labores de las personas que integran el PJF, por lo que, en esos casos, se seguirá trabajando y resolviendo.
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En general, los abogados consultados coinciden en que, para dar trámite a un caso durante la suspensión de labores, se deberá argumentar apropiadamente bajo los supuestos que ya estableció la circular del CJF.
Paro de labores, el último recurso ante la reforma al poder judicial
Respecto a qué tan efectivo y cuánto podría alargarse el paro mientras no se cumplan las demandas planteadas, el abogado Erik Rubí señala que es complicado tener una predicción certera, aunque existe un precedente con la operación limitada del PJF durante la pandemia de Covid-19 en México. Se trata de una manera de trabajar muy similar a la que se está aplicando durante la suspensión de labores.
“El país no se hundió en ese momento… Pero no me gustaría casarme con un tiempo en específico. Es difícil saber si de un mes para otro habrá una consecuencia más trascendental”, asevera el abogado, quien además puntualiza que el paro se trata de un último recurso por parte de los jueces, magistrados y personas que integran el PJF ante los cambios que impactarían sus empleos.
Entre las propuestas más controversiales de la reforma al Poder Judicial está la elección popular de cargos. “De un día al otro le cambian su situación laboral a mucha gente que lleva trabajando ahí toda su vida; los derechos laborales que ya habían conseguido y su propio crecimiento profesional”, explica Rubí.
El abogado Alberto López, por su parte, sostiene que el paro sí puede ser efectivo contra los cambios legislativos. Ve, además, otro riesgo en la llegada de personas a cargos judiciales por votación popular. “Estimamos que si las personas que integran el Poder Judicial de la Nación no están debidamente capacitadas, quienes más van a ser afectados son los ciudadanos”, sentencia.
Ante la escalada de la pugna que ocasionó el paro en el PJF, Erik Rubí comenta: “Yo creo que es respetable la postura de la reforma (judicial) propuesta por el Legislativo de derivada de la votación popular y democrática, creo que se podría encontrar un punto medio donde se tomen en cuenta los las propias inquietudes de la gente del Poder Judicial".