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La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) otorgó al Grupo Aeroportuario, Ferroviario, de Servicios Auxiliares y Conexos Olmeca-Maya-Mexica, S.A. de C.V, controlado por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), asignaciones para administrar, operar, explotar, y en su caso, construir, el Aeropuerto Internacional de Uruapan "Licenciado y General Ignacio López Rayón", ubicado en Uruapan, Michoacán; el Aeropuerto Internacional de Palenque, Chiapas; y el Aeropuerto Internacional “Hermanos Serdán”, de Puebla.
La asignataria es una empresa de participación estatal mayoritaria, cuya estructura accionaria está conformada con un 99% de propiedad de la Sedena y 1% de propiedad del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, que está representada por el general René Trujillo Miranda, en su carácter de director general y administrador aeroportuario.
En el documento que formaliza dichas asignaciones, publicado este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se establece que, dentro de la infraestructura aeroportuaria administrada por Aeropuertos y Servicios Auxiliares, se suman estos tres aeropuertos “en apoyo al logro y los objetivos de las prioridades del desarrollo nacional que ha establecido el Ejecutivo Federal”.
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Se subraya que el propósito es dotar de infraestructura aeroportuaria, sostenible y competitiva al país en aquellas zonas que es requerida, cuyos servicios estimulen el desenvolvimiento del transporte aéreo, el desarrollo de aerovías y servicios a la navegación aérea para la aviación civil nacional e internacional.
La SICT detalla en las asignaciones de los tres aeropuertos, que la “asignataria” deberá conservarlos y mantenerlos en condiciones de seguridad, eficiencia y niveles de calidad requeridos, de conformidad con la legislación aplicable, por lo que será responsable de que se lleven a cabo los trabajos de conservación y mantenimiento necesarios.
También deberá cumplir con las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas, así como con los Tratados Internacionales aplicables, en materia de equilibrio ecológico y de protección al medio ambiente.
Por lo tanto, será responsable de los daños que en materia ecológica y de protección al medio ambiente que se originen, particularmente en lo que se refiere a la atenuación del ruido y al control efectivo de la contaminación del aire, agua y suelo, tanto en los aeropuertos como en la infraestructura aeroportuaria, por actos y operaciones realizadas a partir de la fecha de otorgamiento de las asignaciones.
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