El Consejo de Salubridad General (CSG) determinó que la enfermedad por el virus, deja de considerarse de atención prioritaria en México.

Según un Acuerdo publicado este jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, en sus respectivos ámbitos de competencia, continuarán realizando las acciones que resulten necesarias para la prevención, control y mitigación de dicha enfermedad, conforme a lo dispuesto en el decreto por el que se declara terminada la acción extraordinaria en materia de salubridad general, que tuvo por objeto prevenir, controlar y mitigar el Covid-19.

Además, el Consejo de Salubridad General exhortó a la Secretaría de Salud (Ssa) y a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud a emitir el plan de gestión a largo plazo para el control del Covid-19, cuyo plazo venció el pasado 9 de junio, de acuerdo con lo establecido en el artículo cuarto transitorio de dicho decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo pasado.

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La Secretaría de Salud deberá difundir el plan a través de los sitios www.salud.gob.mx y www.coronavirus.gob.mx, así como en todos los medios oficiales que considere pertinentes y deberá remitirlo a la Secretaría del Consejo de Salubridad General, a efecto de que se haga del conocimiento de sus integrantes.

El documento señala que mientras dure el plan de gestión a largo plazo para el control del Covid-19, la Secretaría de Salud deberá requerir informes periódicos de las acciones implementadas a las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud”, mismos que integrará y someterá los resultados al Consejo de Salubridad General.

Este organismo recordó que el pasado 5 de mayo, derivado de la decimoquinta reunión del Comité de Emergencias, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró la terminación de la emergencia de salud pública de importancia internacional provocada por el SARS-CoV-2.

Cuatro días después, el 9 de mayo de 2023, el Titular del Ejecutivo federal publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto por el que se declaró terminada la acción extraordinaria en materia de salubridad general que tuvo por objeto prevenir, controlar y mitigar el Covid-19, el cual, en su artículo primero da por concluidas todas aquellas medidas relacionadas que, previa o posteriormente, hayan sido dictadas por el Consejo de Salubridad General, relacionadas con la epidemia de enfermedad ocasionada por el virus SARS-CoV-2.

De acuerdo con lo establecido en el artículo cuarto transitorio de dicho decreto, el Consejo de Salubridad General dio un plazo de 30 días naturales, a partir del pasado 10 de mayo, para emitir el plan de gestión a largo plazo para el control del Covid-19.

Dicho plazo venció el 9 de junio y hasta la fecha, la Secretaría de Salud no ha dado a conocer el plan, incumpliendo así lo establecido en el decreto.

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