Dos años después de iniciada la pandemia por el en México y un año y medio después de que comenzó el operativo de vacunación contra el virus a personal de Salud, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) indicó que sí procede conceder la suspensión a los médicos del sector privado que tramitaron amparos para ser vacunados en igualdad de condiciones que los del sector público .

Este miércoles, la Segunda Sala determinó que las autoridades encargadas de aplicar la vacuna contra el Covid-19 están obligadas a vacunar a los médicos privados en las mismas condiciones y tiempo que al personal del sector púbico de salud porque todos forman parte del Sistema Nacional de Salud.

Así, la Corte determinó que cuando los médicos del sector privado que se encuentren dentro de la primera línea de contacto con pacientes infectados del virus SARS-Cov2 solicitan amparo, los jueces federales deben concederles la suspensión de oficio y de plano para que se les vacune.

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“Sin importar si los médicos pertenecen al sector público o privado, debe priorizarse la vacunación, ya que la omisión de vacunar a médicos del sector privado constituye un acto violatorio de la dignidad humana por ser discriminatorio respecto de sus pares que laboran en el sector público.

“Al no estar vacunados, los médicos prestan sus servicios sin la protección inmunológica necesaria para disminuir las posibilidades de contagio o evitar desarrollar formas graves de la enfermedad”, señalaron los ministros.

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