La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) bloqueó las aspiraciones de la secretaria de Energía, Rocío Nahle García, a la gubernatura de Veracruz por lo que respecta a que personas originarias de otros estados, pero con hijos veracruzanos, puedan competir para suceder al morenista Cuitláhuac García Jiménez en 2024.
El pleno de ministros invalidó la fracción tercera del artículo 11 de la Constitución de Veracruz, mediante la cual el Congreso local agregó nuevos supuestos para ser considerado veracruzano, consistentes en ser mexicano nacido fuera del territorio del estado, con hijos veracruzanos o con una residencia efectiva de cinco años en la entidad.
La reforma realizada en agosto de 2022 e impulsada por Morena fue denominada por el PAN y PRD como Ley Nahle, debido a que beneficiaba a la funcionaria federal nacida en Zacatecas, con hijos veracruzanos.
En sesión de pleno, el Máximo Tribunal anuló la porción normativa “con hijos veracruzanos o” de la fracción III del artículo 11 de la Constitución estatal, al considerarla contraria al artículo 116 de la Constitución federal, que establece que “sólo podrá ser gobernador constitucional de un estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él”.
De esta manera, declaró procedente y fundada las acciones de inconstitucionalidad que el PAN y el PRD presentaron contra la reforma avalada el año pasado.
Sin embargo, los ministros de la Corte dejaron sin cambios los cinco años de residencia efectiva para ser considerado veracruzano, lo que podría permitir a Nahle García competir por la candidatura de Morena a la gubernatura del estado.
En su intervención, la presidenta de la Corte, Norma Lucía Piña Hernández, afirmó que el término “nativo” no admite un significado desvinculado del nacimiento en un lugar determinado, y señaló que el asunto tenía un fondo electoral, pues se trata del voto pasivo, es decir, quién tiene la calidad para poder ser electo para gobernar el estado.
“Una cosa es decir ser veracruzano y el legislador puede decir que puede ser veracruzano quien tenga hijos nacidos en el estado, pero esto no nos lleva a que se cumpla con el requisito para ser nativo y por lo tanto candidato a ser gobernador. Sí creo que es materia electoral, estamos viendo voto pasivo, así lo estamos analizando”, indicó.
Por su parte, el ministro Arturo Zaldívar señaló que de haber declarado la validez de la reforma aprobada por el Congreso de Veracruz, se abriría “la puerta a un fraude a la Constitución”.
“Para los efectos que quiera la Constitución local, puede considerar veracruzano o veracruzana a quien ellos consideren; sin embargo, para efectos de ser gobernador o gobernadora del estado, sí se requiere que sea nativo del estado, es decir, que haya nacido en él o que tenga una residencia de más de cinco años”, indicó.
El ministro Luis María Aguilar Morales expuso que la reforma es inconstitucional porque el hecho de sólo tener hijos veracruzanos no es suficiente para ser considerado veracruzano para efectos de ser gobernador del estado.
“Sí considero que esta adición que dice ‘con hijos veracruzanos o’ es la que es inconstitucional, precisamente, porque dentro del sistema que se establece entre el artículo 43 y el 11 de la Constitución local, en relación con el 116 Constitucional federal, pues sí, no se puede disponer por el estado de una condición distinta a la que está previamente señalada”, manifestó.
El ministro Aguilar Morales indicó que la fracción tercera sí da la opción “o con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano”.
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