Por primera vez, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó a los funcionarios del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) permitirles ganar más que el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador .
La Comisión de Receso de la Corte negó la suspensión solicitada por el IFT contra el tope salarial previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2022 con el que ningún servidor público puede ganar más que el Presidente.
Esta es la primera vez que la Corte niega una suspensión solicitada contra el tope salarial pues desde la aprobación de la Ley Federal de Remuneraciones y su aplicación en el PEF 2019, los ministros han permitido a los órganos constitucionalmente autónomos mantener sus salarios como estaban en el año 2018, mientras el Máximo Tribunal dicta sus resoluciones.
Pese a que la Comisión está integrada por las ministras Margarita Ríos Farjat y Yasmín Esquivel Mossa , sólo esta última votó por negar la suspensión bajo el argumento de que, de conceder la medida, se genera un desacato a la prohibición expresa contenida en la Constitución de que ningún servidor público puede ganar más que el Presidente.
En el acuerdo de la Corte, la ministra Ríos Farjat emitió un voto particular en el que consideró que la suspensión debió ser concedida pero explicó que, debido a que Esquivel Mossa es la ministra con más antigëdad en la Corte, al existir contradicción entre ellas se le da el voto de calidad.
“Debió otorgarse la suspensión solicitada, ya que, si bien la Comisión de Receso cuenta con amplias facultades para acordar los asuntos de su conocimiento, considero que debe darse una deferencia al ministo o la ministra instructora en casos que guardan conexidad con el presente asunto”, señaló la ministra Ríos Farjat.
Las controversias constitucionales promovidas por el Banco de México, el Instituto Nacional Electora y el Instituto Nacional de Estadístiga y Geografía contra el PEF 2022 fueron turnadas al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá quien, por conexidad, conocerá también de la que promovió ahora el IFT.
Ríos Farjat recordó que el el ministro González Alcántara Carrancá concedió la suspensión al INE y al Inegi para que no les sea aplicado el tope salarial.
“Si en los asuntos que le fueron turnados determinó otorgar la suspensión y el que ahora conoce la Comisión de Receso guarda conexidad con aquellos, entonces, por cuestión de congruencia, consistencia y seguridad jurídica en el trámite de los asuntos, también debió otorgarse la suspensión solicitada en el presente caso”, indicó la ministra.
La resolución de la Comisión puede ser impugnada por el IFT.
rcr