El (INE) debe realizar la consulta popular planteada por el presidente Andrés Manuel López Obrador para enjuiciar a actores políticos sin ningún incremento presupuestal.

Durante la sesión de este miércoles, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró infundada la controversia constitucional planteada por el INE, en la que reclamó que el presupuesto asignado para este ejercicio fiscal no contempla la realización de la consulta popular.

En consecuencia, el INE deberá realizar el próximo 1 de agosto el ejercicio con el presupuesto que se le asignó, sin recibir ningún incremento extraordinario.

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En octubre de 2020, la Corte avaló la constitucionalidad de la consulta popular planteada por el titular del Ejecutivo federal, Andrés Manuel López Obrador, quien buscaba preguntar a la ciudadanía si se debía investigar y enjuiciar a los expresidentes de la República, Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo, Vicente Fox, Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto, por posibles delitos cometidos durante y después de sus administraciones.

Sin embargo, los ministros modificaron la pregunta para abrir la posibilidad de investigar a todos los actores políticos por las decisiones tomadas en años anteriores y que pudieran ser constitutivas de delitos.

cev/lsm

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