La Suprema Corte de Justicia de la Nación ( ) declaró inconstitucional el gramaje máximo de 5 gramos, permitido por la ley, para consumo mínimo de la .

Con tres votos los ministros de la Primera Sala consideraron contrario a la Constitución castigar penalmente a quien posea más de 5 gramos para consumo recreativo del cannabis y establecieron que solo se podrá penalizar si se acredita que no es para consumo personal.

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El criterio no es obligatorio pero puede ser retomado en futuros amparos que sean promovidos ante jueces federales o en procesos penales en curso.

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ardm/rmlgv

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