Más Información
Sindicato de controladores aéreos alerta por malas condiciones en infraestructura y comunicaciones; denuncia además falta de pagos
Se estrella avión de Jeju Air en aeropuerto de Corea del Sur y reportan al menos 75 muertos; sigue aquí el minuto por minuto
VIDEO: Así fue el momento en que el avión de Jeju Air se estrella en Corea del Sur; iban 181 personas a bordo
Líder de MC en Michoacán pide investigar a Anavel Ávila, alcaldesa de Coalcomán; la edil agradeció a “El Mencho” y al CJNG por juguetes
“¡Arráncate, Coalcomán!”; así fue la campaña de Anavel Ávila, ligada al “Mencho”, con Movimiento Ciudadano
Sheinbaum anuncia construcción de Farmacias del Bienestar en 2025; asegura habrá medicamentos gratuitos para personas vulnerables
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará si procede o no ordenar al Congreso de la Unión que expida el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.
Hoy, la Primera Sala de la SCJN analizará un amparo tramitado en la Ciudad de México contra la omisión del Poder Legislativo a emitir el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares como lo ordena el artículo 73 fracción XXX de la Constitución.
Dicha disposición forma parte de la reforma de justicia cotidiana, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 15 de septiembre de 2017 y otorgaba 180 días al Poder Legislativo para emitir dicho código.
El término venció desde el 15 de marzo de 2018, razón por la que el juez Octavo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México concedió el amparo para que en un plazo de 180 días, a partir de que cause ejecutoria su sentencia, el Congreso de la Unión expida el código y modifique las normas necesarias para que sea aplicable a nivel nacional.
“Es dable que los justiciables puedan accionar el juicio de amparo para asegurar que los órganos legislativos acaten y cumplan a cabalidad con el mandato ya expresado por el constituyente, esto es, el deber de reglamentar o adecuar las leyes ordinarias a los postulados constitucionales, pues debe tenerse en cuenta que la Constitución Política mexicana no obra con permiso de las leyes, sino que las leyes obran con permiso de la Constitución”, dice la sentencia del juez de 2018.