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CDMX.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la impugnación que presentó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ( CNDH ) contra la Ley de Extinción de Dominio publicada el pasado 9 de agosto.
En su acuerdo de admisión de la acción de inconstitucionalidad tramitada por la CNDH, la Corte ordenó emplazar al Congreso de la Unión y al presidente Andrés Manuel López Obrado r para que en 15 días hábiles rindan sus informes sobre la discusión, aprobación y promulgación de la ley.
“Con copia simple del escrito de demanda, dese vista a los Poderes Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión, a través de sus dos Cámaras, Diputados y Senadores, para que rindan su informe dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación de este acuerdo”, indica el acuerdo publicado en los estrados de la Corte este jueves.
También ordenó dar vista a la Fiscalía General de la República (FGR) para que responda lo que considere pertinente.
La CNDH presentó la acción de inconstitucionalidad desde el 12 de septiembre pasado y en ella impugnó varios puntos de la ley que regula la acción civil que tiene el Estado para quedarse con los bienes de supuestos delincuentes, independientemente del resultado de los procesos penales en su contra.
Es decir, independientemente de si son o no declarados culpables la figura de extinción de dominio permite al gobierno quedarse con los bienes asegurados a las personas que investiga para poder hacer uso de ellos o incluso venderlos.
La ley establece que el gobierno puede vender de manera anticipada los bienes sujetos a proceso de extinción sin necesidad del dictado de una sentencia cuando argumente que dicha enajenación “es necesaria dada la naturaleza de los bienes”.
La CNDH solicitó a la Corte anular esta figura y las facultades del ministerio público para asegurar, sin orden judicial, bienes que después puede solicitar extinguir.