Alberto Pérez Dayán, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), admitió a trámite la controversia constitucional que el Instituto Nacional Electoral (INE) presentó contra la primera parte del del presidente Andrés Manuel López Obrador .

La primera fase incluye reformas a diversas disposiciones de la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, las cuales se encuentran suspendidas en Coahuila y Estado de México, por determinación de Pérez Dayán.

“Se tiene por presentado al promovente con la personalidad que indica y, con base en lo expresado en la demanda, a la naturaleza de las normas impugnadas, atribuibles respectivamente al Congreso de la Unión y al Poder Ejecutivo Federal, se admite a trámite la demanda que hace valer, sin perjuicio de los motivos de improcedencia que, en su caso, puedan advertirse de manera fehaciente al momento de dictar sentencia”, resolvió el ministro.

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A través de la Secretaría Ejecutiva, el INE argumentó que las reformas a la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, producen una violación directa a las funciones que, como órgano constitucional autónomo, le confiere la Constitución, ya que “obstaculizan” la función que realiza como garante, entre otros principios, de la equidad en la contienda electoral, en donde la comunicación social y la propaganda gubernamental tienen una importante incidencia.

El ministro dio un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la notificación, para que las Cámaras de Diputados y de Senadores, así como el titular del Poder Ejecutivo Federal y la Secretaría de Gobernación presenten su contestación.

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