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El vicecoordinador del grupo parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados, Pablo Gómez presentó una iniciativa que busca que haya consultas populares cada año , e incluso se le pueda preguntar a la sociedad mexicana sobre temas con impacto regional.
El proyecto para reformar la Ley Federal de Consulta Popular, busca que se puedan solicitar consultas federales con impacto regional, con el 2% de los inscritos en las listas nominales de los electores de los municipios y/o estados involucrados.
Actualmente, las consultas populares están enganchadas a la jornada electoral federal, es decir, se realizan cada tres años , sin embargo, con esta modificación, Pablo Gómez propone que se hagan anualmente, en el primer domingo de agosto.
El legislador de Morena también agrega supuestos en que no procede la consulta, por ejemplo: la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos de elección popular “esto es materia de otro procedimiento de participación popular denominado revocación de mandato ”.
Asimismo, el sistema financiero, ingresos, gastos y el Presupuesto de Egresos de la Federación, y obras de infraestructura en ejecución.
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También, define que corresponde al INE la promoción y difusión de la participación ciudadana.
Asimismo, establece que se suspende la propaganda gubernamental durante el proceso de consulta, salvo información de servicios educativos, salud o protección civil.
“Se establece la facultad del INE para asumir, mediante convenio con las autoridades competentes de las entidades federativas que así lo soliciten, la organización de procesos de consulta popular y de revocación de mandato en su propio ámbito”, describe Pablo Gómez.
Se reitera que el mismo sistema de medios de impugnación definido para los procesos electorales, resolverá las controversias que se susciten en los procesos de consulta popular y de revocación de mandato.
Actualmente, se tiene como límite para presentar solicitudes de consultas populares el 15 de septiembre, sin embargo, Pablo Gómez busca que se amplíe el plazo hasta el 30 de noviembre del año inmediato anterior en el que se pretende realizar la jornada de pregunta a la ciudadanía.
Incluso, busca que después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declare una petición como constitucional, no se podrá modificar la pregunta elaborada para este ejercicio.
“Si la resolución de la Suprema Corte es en el sentido de reconocer la constitucionalidad de la materia, la pregunta contenida en la resolución no podrá ser objeto de modificaciones posteriores , el Congreso expedirá el Decreto de Convocatoria de la consulta popular, la notificará al Instituto para los efectos conducentes y ordenará su publicación en el Diario Oficial de la Federación”, propone la modificación al la fracción séptima del artículo 27 de este ordenamiento.
Adicionalmente, se realizan modificaciones relacionadas con aspectos que han representado trabas innecesarias para la presentación de peticiones ciudadanas, así como aquellas que permiten la modernización de los mecanismos para el desarrollo de ese ejercicio participativo, como es el eventual uso de instrumentos tecnológicos tanto para la recolección de firmas de apoyo a las peticiones ciudadanas, como para la emisión del sufragio en la jornada de consulta.
kl