Más Información
Violencia en Tabasco no para: matan a empresario limonero y exregidor, Mario Peralta Jiménez; acababa de retirar dinero del banco
Vecinos de colonia Cuarta Transformación logran que cambio de nombre sea sometido a consulta pública; hay amparos colectivos e individuales
Suprema Corte ordena incluir en elección judicial a 7 aspirantes bateados; fueron descartados por no cumplir requisitos
Taddei anuncia ampliación presupuestal para elección judicial tras reunión con Sheinbaum; busca más de mil mdp
Segunda tormenta invernal persiste en el norte de México; frío extremo, nieve y vientos fuertes continúan este 10 de enero
nacion@eluniversal.com.mx
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) revocó los lineamientos que regulaban los productos derivados de la cannabis.
El organismo detalló que los “Lineamientos en materia de control sanitario de la cannabis y derivados de la misma” contradicen la reforma a la Ley General de Salud de 2017 que aprueba el uso médico de la marihuana; la Cofepris detalló que este reglamento excedió su propósito al autorizar la comercialización de productos derivados de la cannabis (THC) en usos distintos a los médicos y científicos.
“Lo anterior es así porque dichas sustancias se encuentran clasificadas como estupefacientes o sicotrópicos de acuerdo con lo dispuesto en la citada ley”, explicó.
La Cofepris advirtió que revisará los documentos que en noviembre de 2018 fueron emitidos por la anterior administración como supuestas autorizaciones de productos que contienen cannabis y sus derivados, con el objetivo de resolver sobre su validez o, de ser el caso, iniciar las acciones conducentes de conformidad con el marco legal aplicable.
Argumentó que no existe evidencia de que los lineamientos —publicados el pasado 30 de octubre— ni su análisis de impacto regulatorio hayan sido presentados ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, además de no haber sido publicados en el Diario Oficial de la Federación como lo ordenan los artículos 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 76 de la Ley General de Mejora Regulatoria, por lo que no han producido efecto jurídico alguno.