Más Información
Diputados avalan súper secretaría de García Harfuch; SSPC investigará delitos y coordinará inteligencia a nivel nacional
“Aún hay tiempo”: Inai lamenta extinción aprobada por Diputados; pide al Senado reconsiderar reforma
Yasmín Esquivel defiende la reforma judicial en Con los de Casa; alejado de la realidad pensar que es una venganza política, afirma
"Soy del mero Sinaloa, donde se rompen las olas"; al ritmo de banda y aguachile, apoyan a músicos y meseros afectados por violencia
Con prórroga o sin ella, elección judicial va, asegura Taddei; afirma que presupuesto de 13 mmdp no es ninguna “ocurrencia”
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) celebró la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la reforma a la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, encaminada a combatir la producción de fentanilo, propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Las modificaciones que entraron en vigor ayer 4 de mayo, controlan la producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transporte, almacenaje y distribución de precursores químicos, productos químicos esenciales y máquinas para elaborar cápsulas, tabletas y comprimidos, a través de la coordinación interinstitucional del gobierno federal.
También contribuyen a prevenir la producción ilícita de drogas sintéticas, mediante la actualización de sanciones administrativas y la tipificación de delitos por conductas relacionadas con el uso indebido de precursores químicos.
Leer también: Exigen justicia en CU a seis años del feminicidio de Lesvy
Cofepris se alía con Sisus
Como parte de esta reforma, Cofepris contará con el Sistema Integral de Sustancias (Sisus), para simplificar los trámites administrativos a personas físicas o morales que realicen actividades reguladas, quienes deberán registrarlas en este sistema en un plazo no mayor a 24 horas.
Esto permite conocer ubicación, cantidad y tipo de precursor químico, producto químico esencial o máquina, de manera permanente y digital.
La información que contenga el Sisus es de carácter reservado y solo será́ proporcionada por orden de un juez de control federal en materia penal en delitos contra la salud por delincuencia organizada.
Esta legislación establece que a la persona que desvíe o haga uso de precursores químicos o productos químicos esenciales para la producción de drogas sintéticas, se le impondrá una pena de 10 a 15 años de prisión.
También indica que cuando el desvío o uso de estas sustancias sea realizado por una persona servidora pública, la pena impuesta aumentará dos terceras partes y se le destituirá del empleo, cargo o comisión, además de que se le inhabilitará de cinco a 10 años para desempeñar otro.
Asimismo, establece que la Sedena, la Semar, la SSPC y la Guardia Nacional, entre otras instituciones, coadyuvarán en la prevención, detección y eliminación de desvíos de precursores y máquinas relacionadas.
Leer también: Basta de “abrazos para la delincuencia”, reprocha Gustavo de Hoyos a la 4T
sp/rcr