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Por dilatar la estancia de personas en contexto de movilidad internacional en la estación migratoria del Instituto Nacional de Migración (INM) en Iztapalapa, Ciudad de México, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación a la Fiscalía General de la República (FGR), que dirige Alejandro Gertz Manero.
De acuerdo con el organismo que encabeza Rosario Piedra Ibarra, un grupo de personas de origen salvadoreño ingresó el 11 de febrero de 2022 a dichas instalaciones del INM y, no obstante, tras ser consideradas víctimas de delito dentro de una carpeta de investigación, se les impidió su salida de ese recinto migratorio ocasionando que su estancia se prolongara de manera injustificada.
En un comunicado, la Comisión Nacional expresó que se advirtió que personal de la FGR al requerir al INM mantener alojadas a las personas agraviadas para la realización de diligencias ministeriales y jurisdiccionales, ocasionaron una dilación de 27 días de retraso en el periodo legal para que ese Instituto emitiera la resolución de los procedimientos administrativos migratorios de las víctimas, propiciando con ello que se conculcara lo establecido en el artículo 111 de la Ley de Migración, que dispone que el INM determinará la situación migratoria de las personas extranjeras presentadas en un plazo no mayor de 15 días hábiles, contados a partir de su presentación.
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Dijo que se contó con elementos que evidenciaron violaciones a los derechos humanos, a la seguridad jurídica y a la libertad personal, en agravio de las víctimas, atribuibles a servidores públicos de la FGR.
Por ello, pidió a la corporación su colaboración en el trámite ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, para la inscripción en el Registro Nacional de Víctimas de quien por derechos corresponda. También solicitó que se proceda a la inmediata reparación integral del daño, la cual deberá incluir la medida de compensación correspondiente en términos de la Ley General de Víctimas; que se les otorgue la atención psicológica que requieran, la cual deberá brindarse por personal profesional especializado y de forma continua, atendiendo a su edad y necesidades específicas; así como proveerles de los medicamentos convenientes a su situación.
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apr/rmlgv