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Por detención arbitraria y haber causado la muerte de una persona, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), Luis Cresencio Sandoval González.
A través de un comunicado, el organismo precisó que el 7 de febrero de 2021, cuatro personas viajaban en un vehículo particular en Colinas del Sur, Nuevo Laredo, Tamaulipas , cuando se les acercó una camioneta de la Sedena , cuyo personal les cerró el paso y los elementos militares accionaron sus armas de fuego contra los ocupantes. Derivado de lo anterior, se detuvo a tres personas, dos de las cuales sufrieron lesiones y una más perdió la vida.
“Las evidencias recabadas por la CNDH permitieron acreditar violaciones graves a los derechos humanos a la seguridad jurídica e integridad personal, y al derecho a la vida, por uso ilegítimo de la fuerza y de armas de fuego, así como la vulneración a los derechos de seguridad jurídica y a la libertad, por detención arbitraria”, sostuvo la institución.
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Falsa declaración de militares
Expresó que en un inicio, los efectivos militares declararon que mientras efectuaban un recorrido, observaron que el vehículo en cuestión aceleró intempestivamente por lo que le marcaron el alto y, acto seguido, retrocedió con la intención de atropellar a dos soldados, mientras que sus ocupantes les dispararon con un arma larga, por lo que repelieron la agresión. Sin embargo, pruebas periciales efectuadas a las víctimas arrojaron que nunca realizaron disparos y la supuesta arma hallada en su poder nunca fue accionada por ellas.
La Comisión Nacional determinó que el uso de la fuerza aplicado por los integrantes de la Sedena no fue gradual ni estuvo dirigido a un fin legítimo, porque no se advirtió que hayan intentado realizar maniobras menos letales en contra de las víctimas y que el uso de las armas de fuego en su contra haya sido estrictamente inevitable, como lo señala la legislación aplicable.
La CNDH solicitó al secretario de la Defensa Nacional reparar, de manera inmediata, el daño causado a las tres víctimas directas y dos más indirectas, incluyendo para tal fin una compensación justa y tomar en cuenta la gravedad de los hechos. Otorgarles la medida de rehabilitación, a través de atención médica y psicológica, además de proveerles de medicamentos y materiales gratuitos convenientes a sus padecimientos.
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