Nación

Jueza deja sin efecto amparo promovido por implicado en caso Wallace; se queja de falta de atención médica

La juzgadora Diana Abraján determinó sobreseer el juicio de amparo promovido por César Freyre Morales debido a que la afectación que manifestó el quejoso cesó sus efectos

Foto: archivo/EL UNIVERSAL
24/11/2022 |11:45Manuel Espino |
Redacción El Universal
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Una jueza federal dejó sin efecto el juicio de amparo que tramitó en octubre, César Freyre Morales, principal acusado del secuestro y homicidio del hijo de la activista, , por la falta de atención médica en el penal de máxima seguridad del Altiplano donde está preso.

Lo anterior, porque el 16 de octubre él y otros reclusos “empezamos a sentir fuerte dolor de estómago, por ingerir alimentos que nos dan”.

La titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México le concedió la suspensión de plano a Freyre Morales, quien purga una condena de 63 años de cárcel por el secuestro y homicidio de Hugo Alberto Wallace, ocurrido en 2005.

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Sin embargo, en audiencia constitucional celebrada ayer, la jueza Segundo de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, Diana Abraján Peña, determinó sobreseer el juicio de amparo debido a que la afectación que manifestó el quejoso cesó sus efectos.

En su sentencia, la juzgadora señaló que al rendir su informe justificado, la directora General, el encargado de la Subdirección de Custodia Penitenciaria y la doctora adscrita al Departamento de Servicios Médicos, todos del Centro Federal de Readaptación Social Número Uno “Altiplano”, negaron la falta de atención de médica “no obstante ello, de las constancias que acompañaron a los informes que rindieron en el presente se desvirtúa dicha negativa, dado que en ellas se aprecia la atención médica derivada de los padecimientos que los quejosos alegaron sufrir, lo cual ocurrió de manera posterior a la instauración del presente juicio”.

Y añadió: “Así, como se advierte la situación jurídica que dio origen a este amparo, dejó de producir efectos, pues a la fecha en que se emite la presente determinación, dejó de surtir efectos el acto que se reclama”.

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