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La Cámara de Diputados avaló reformar la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para establecer que el límite de velocidad será de 20 kilómetros en las zonas y entornos escolares en vías secundarias y calles terciarias; y hasta 30 kilómetros si éstos se encuentran en vías primarias y carreteras.
Además, en las zonas de hospitales, asilos, albergues y casas hogar también se deberá transitar a una velocidad máxima de 20 kilómetros, con la finalidad de salvaguardar la vida y la integridad de las personas usuarias.
El dictamen aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados , por 482 votos a favor, y enviado al Senado para sus efectos constitucionales, señala que para que las ciudades del país sean más seguras se necesitan dos cosas: destinar mayor presupuesto para mejorar su infraestructura y contar con una normatividad que alinee los esfuerzos de seguridad vial en los tres órdenes de gobierno.
La diputada Alma Delia Navarrete Rivera, de Morena , fundamentó el dictamen y señaló que la escuela es el lugar donde pasan más tiempo las niñas, niños y jóvenes, por lo que los desplazamientos escolares son una de las principales vertientes de la movilidad.
En su turno, Cynthia Iliana López Castro, diputada del PRI , explicó que se busca proteger a las niñas y niños en las escuelas, al garantizar que en las zonas escolares la velocidad máxima sea de 20km/h. Aseguró que con la reforma se garantizará que haya más seguridad afuera de las escuelas, y se atienden las demandas de las madres y padres de familia.
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“Es una propuesta que fue planteada por Naciones Unidas en la reunión mundial de movilidad celebrada en julio de este año, y somos de los primeros países en llevarla a cabo, se trata de una ley para promover entornos seguros para combatir la primera causa de muerte en niños y niñas en México que es por siniestros viales”, refirió la legisladora priista.
Con esta modificación a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, se generaliza esta disposición a nivel federal, ya que sólo tres estados lo tenían contemplado en sus legislaciones locales: la CDMX, Baja California y Colima.
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