Este lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) iniciará el análisis de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas, en la que una ministra propondrá eliminar el candado de 10 años para que exfuncionarios trabajen en empresas privadas y, a la par, avalar que Hacienda y Función Pública agreguen nuevas infracciones para comenzar procedimientos de responsabilidad administrativa.

En sesión del pleno, los ministros analizarán el proyecto de resolución elaborado por Norma Lucía Piña Hernández, que consiste en la acción de inconstitucionalidad presentada por senadores de la oposición contra esta ley impulsada por el gobierno de Andrés Manuel López Obrador.

Por considerarlo una restricción desproporcional a la libertad de trabajo, propondrá eliminar la prohibición para que los exservidores públicos trabajen en la iniciativa privada durante 10 años.

“La norma impugnada restringe desproporcionadamente la libertad de trabajo, ya que la duración de 10 años de la prohibición de laborar en empresas privadas que los exfuncionarios hayan regulado, supervisado o respecto de las cuales hayan tenido información privilegiada, va más allá de lo que es razonable para proteger los fines perseguidos por la medida”, señala el proyecto.

En su propuesta, la ministra Piña busca eliminar la facultad del Ejecutivo federal para decidir, de manera discrecional, cómo gastar los recursos ahorrados por la administración pública federal. También propondrá avalar la facultad para que las secretarías de la Función Pública (SFP) y la de Hacienda y Crédito Público (SHCP) amplíen el catálogo de medidas de austeridad sin un procedimiento formal para ello y, con base en estas ampliaciones, inicien procedimientos de responsabilidad por infracciones.

“El hecho de que las secretarías mencionadas puedan ampliar el catálogo de medidas de austeridad cuyo incumplimiento daría lugar a una responsabilidad administrativa, ya que ello no viola per se el principio de taxatividad, pues mientras no se ejerza esa facultad, es evidente que sólo constituyen infracciones la inobservancia de las medidas de austeridad vigentes en la LFAR que, como ya se mencionó, están expresadas con suficiente claridad, y porque las secretarías mencionadas están obligadas en cualquier caso a satisfacer el principio de taxatividad, con el grado exigible en materia administrativa, en el supuesto de que amplíen el catálogo respectivo”, indica.

Los senadores argumentan que la ley es inconstitucional porque no establece quiénes integrarán el Comité de Evaluación, sino que estará integrado por servidores de la SHCP y SFP.

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