La violencia sexual contra las mujeres es un grave problema que México padece y que no es exclusivo de un segmento poblacional o de un estrato social, sino que se presenta a lo largo y ancho del país y en todos los sectores de la sociedad.

Tampoco es un fenómeno nuevo, aunque se ha visibilizado en los últimos años gracias a la labor de activistas y organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres, quienes han denunciado que la violencia sexual se manifiesta de muchas maneras y causa daños físicos y sicológicos.

Una de esas expresiones es el llamado stealthing, que consiste en la remoción o daño intencional del preservativo durante el acto sexual y que a través de reformas legales se busca equiparar a una violación.

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Este tipo de agresión sexual no está tipificada en el Código Penal Federal , por lo que activistas impulsan una iniciativa para adicionarle una fracción al artículo 266, a fin de que esa práctica sea penalizada con la privación de la libertad de ocho a 30 años a quien la cometa.

Blanca Angélica Hernández Vite , autora de la propuesta y comisionada de la agenda de género y feminismo de la organización Repensar la Democracia, señala en entrevista con EL UNIVERSAL que lamentablemente en México se han normalizado las agresiones sexuales hacia las mujeres, por lo que es indispensable tipificarlas como delitos para poder erradicarlas.

Aunque no hay registro puntual sobre los casos de stealthing, subraya que “existe la estadística de que por cada agresión sexual hacia los hombres, existen ocho agresiones sexuales hacia mujeres. Del stealthing, como no se ha considerado un problema, no existen estadísticas específicas; sin embargo una cifra cercana podría ser esa”, apunta.

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En 2019, la Biblioteca Nacional de Medicina de Estados Unidos encontró que 12% de las mujeres de 21 a 30 años informaron haber experimentado el retiro del condón por parte de su pareja durante la penetración sin haberlo consultado con ellas. Otro estudio indica que casi 10% de los hombres confesaron haber realizado esta práctica. Por otro lado, en Australia se encontró que una de cada tres mujeres y uno de cada cinco hombres que mantuvieron sexo con hombres lo habían sufrido.

Blanca Angélica Hernández explica que se busca adicionar una fracción al artículo 266 del Código Penal Federal, en el que se agregarían tres supuestos.

“Uno, cuando dentro del coito o las relaciones sexuales alguna de las dos personas retire o dañe el preservativo sin consentimiento de la otra persona; dos, el engaño sobre el uso de cualquier método anticonceptivo, y tres, la eyaculación en el interior del cuerpo humano pese a pacto en contrario.

“En el caso de las mujeres, podría ser que mientan sobre consumir algún anticonceptivo hormonal oral, que aseguren tomarlo y no lo tomen, y en el caso de los hombres, podría ser que a lo mejor se hicieron la vasectomía y no sea cierto”, detalla y reconoce que en México es muy difícil la persecución de delitos porque el sistema penal es muy complicado.

“No existe una cultura de denuncia y ya que se denuncia, en el caso de las mujeres se les hace menos llamándolas con términos que ya conocemos como ‘loca’ o ‘estás exagerando’”, dice.

Recalca que lo primero para reconocer una agresión sexual es que esté tipificada . “Yo no lo puedo llamar delito si en el Código Penal no está como tal, entonces sí es importante que se persiga como delito, para que pueda haber una represalia a las personas que lo cometan”.

Sostiene que lo primero para procurar justicia es que se respeten los protocolos de género que se han implementado para la presentación de una denuncia. “Posterior a ello, dentro de este tipo penal, sí se necesitaría hacer una evaluación sicológica para determinar los daños que se pudieran haber dado hacia la víctima y me parece que la revictimización nunca es una opción, porque es muy importante confiar en la víctima”, destaca.

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