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El presidente Andrés Manuel López Obrador presentó una iniciativa para reformar las leyes Minera, de Aguas Nacionales, del Equilibrio Ecológico y de Protección al Ambiente, para endurecer la obtención de concesiones mineras y de agua.
Entre otras cosas, reduce el tiempo de concesiones mineras de 50 a 15 años, elimina la negativa ficta, establece que las concesiones se darán únicamente mediante concurso, limita a cinco años las concesiones de agua y establece que se podrán quitar si está en riesgo la disponibilidad del líquido para la población.
En su exposición de motivos, la propuesta que llegó este martes a la Cámara de Diputados, señala que tiene por objeto “recuperar la rectoría del Estado sobre los recursos minerales e hídricos que se encuentran en el subsuelo mexicano y son del dominio directo de la nación”.
En el texto de la iniciativa, López Obrador advierte que algunos minerales que en su oportunidad se consideraron estratégicos “en la actualidad son de amplia disponibilidad en los mercados internacionales” y denuncia que la Ley Minera de 1992 tuvo como objetivo central “favorecer los intereses de particulares, bajo el supuesto de que se requería de la entrada masiva de capital nacional e internacional en la explotación de los recursos mineros del país”.
Se propone que las concesiones sólo se aprueben mediante concurso público y bajo reglas que aseguren las mejores condiciones económicas para el Estado.
También se elimina el carácter preferente de la actividad minera, se establece la obligación de determinar los impactos sociales de cada concesión, se establece la consulta previa, libre e informada a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, se adiciona como causal de cancelación de las concesiones la falta de informes sobre posibles daños o riesgos al equilibrio ecológico, y se suprimen los supuestos de afirmativa ficta.
En la reforma a la Ley de Aguas Nacionales se establece la figura de la concesión de agua para uso específico en minería, se establece que la concesión quedará sujeta a la disponibilidad de agua y tendrá una duración de cinco años con posibilidad de prórrogas por igual término, y amplía las causales de revocación cuando no se cumpla con el Programa de Restauración, Cierre y Postcierre previsto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
La reforma a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente establece que “no se pueden otorgar concesiones mineras en Áreas Naturales Protegidas”, mientras que la reforma a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente otorga facultades a autoridades federales para expedir reglamentos, Normas Oficiales Mexicanas y demás disposiciones jurídicas, a fin de regular el manejo integral de residuos mineros y metalúrgicos.