La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), señaló que la atribución de la autoridad ministerial para solicitar información bancaria persigue un fin constitucionalmente válido, como lo es favorecer la investigación de delitos.

Ayer, durante el análisis en el Pleno de la Suprema Corte sobre la constitucionalidad del artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, la se pronunció por conservar la norma analizada, al estimar que la atribución de la autoridad prevista en dicho artículo persigue un fin constitucionalmente válido, favoreciendo la investigación de posibles actos delictivos.

Lo anterior con la finalidad de que el secreto bancario no constituya un obstáculo en la persecución de dichas conductas, ya que permite obtener pruebas inmediatas sobre la probable comisión de un delito y en su caso proceder al aseguramiento de activos financieros o bloqueo de cuentas.

Detalló que dicha norma permite al Ministerio Público recabar elementos probatorios para acreditar la existencia de delitos como la defraudación fiscal o el lavado de dinero, y atribuir la probable responsabilidad de su comisión a una persona determinada.

Lee también

Esquivel Mossa precisó que con esa facultad del MP se logra la consecución de un fin legítimo, en un grado mayor a la afectación que se puede ocasionar en el derecho a la intimidad, máxime que el personal que labora en las fiscalías se encuentra obligado a preservar la confidencialidad de los datos recibidos.

Durante la sesión de ayer, seis Ministros votaron por expulsar el precepto del ordenamiento jurídico mexicano, por lo que no se alcanzaron los 8 votos necesarios para que procediera la declaratoria general de inconstitucional.

Únete a nuestro canal ¡EL UNIVERSAL ya está en Whatsapp!, desde tu dispositivo móvil entérate de las noticias más relevantes del día, artículos de opinión, entretenimiento, tendencias y más.


Google News

TEMAS RELACIONADOS

Comentarios

Noticias según tus intereses